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Declaraciones patrimoniales en Ecuador: experto advierte omisión en caso de Roberto Luque
Un experto en temas de la Contraloría General del Estado recuerda la obligación legal de funcionarios de alto rango de transparentar sus bienes

Roberto Luque ha acompañado a Daniel Noboa, desde noviembre del 2023.
Desde el primer periodo presidencial de Daniel Noboa, en noviembre de 2023, Roberto Luque se ha mantenido como ministro a cargo de Infraestructura y Transporte. En medio de los apagones, además, asumió temporalmente la cartera de Energía.
Política
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Sin embargo, solo constan sus declaraciones patrimoniales correspondientes a 2023 y 2024. Como consta en el reportaje 'Los bienes de quienes mueven los hilos del país: este es el patrimonio de Daniel Noboa y compañía', EXPRESO no encontró registros de 2025 ni de 2026 en la plataforma de la Contraloría General del Estado.
"Los funcionarios de nivel jerárquico superior —por ejemplo los ministros— deben presentar esta declaración de forma anual".
Así lo explica Guido Escobar, PhD en Hacienda Pública, experto en temas de la Contraloría y docente universitario. Precisa que esta obligación está establecida en la Constitución, en la Ley Orgánica para la Presentación y Control de las Declaraciones Patrimoniales Juradas y en su reglamento.
- El 4 de agosto de 2025, la Contraloría General del Estado remitió al Registro Oficial el acuerdo N.º 031-CG-2025, que contiene el Reglamento para la declaración, presentación y registro de las declaraciones patrimoniales juradas, emitidas de forma electrónica a través del sitio web institucional.
- En este se especifica que los servidores públicos de nivel jerárquico superior, considerados Personas Expuestas Políticamente, deben presentar información adicional conforme a la ley.
¿Puede justificarse la no presentación de la declaración juramentada en 2025 y 2026?
Escobar responde: " No es posible que no aparezcan en la plataforma; es una omisión del Contralor (Mauricio Torres) y de la Contraloría, habría un nivel de desigualdad o discriminación con otros funcionarios como él. ¿Por qué los unos publicitan sus declaraciones y los otros no? La ley tiene dos principios es obligatoria y es general para todos".
Sobre los efectos jurídicos, recuerda que el artículo 231 de la Constitución establece que la falta de presentación de la declaración al término de las funciones, o la existencia de inconsistencias no justificadas entre declaraciones, hará presumir enriquecimiento ilícito.
Además, Escobar señala que "el Contralor tienen que darnos respuesta, es el primer responsable constitucionalmente, es el director de orquesta, el responsable de todo el manejo del sistema de control interno del país, tanto más si son funcionarios de ese rango".
¿Cuál es el efecto jurídico de la no presentación de declaraciones en un funcionario de ese nivel?
El artículo 4 de la ley establece que no presentar la declaración patrimonial jurada al inicio de la gestión implica la anulación inmediata del nombramiento o contrato, el cese de funciones del servidor y la remoción del responsable de talento humano que lo posesionó sin cumplir este requisito. Además, la presentación tardía de la declaración no subsana el incumplimiento.
En su reporte más reciente, el patrimonio de Luque asciende a 149.000 dólares. Registra trece cuentas bancarias con fondos que suman 39.000 dólares. Estos datos constan en el reportaje sobre los bienes de quienes mueven los hilos del país: este es el patrimonio de Daniel Noboa y su equipo.
El miércoles 24 de junio de 2026 deberá ampliar su versión sobre el caso Progen, según determinó la Fiscalía.
El comunicado de prensa de Contraloría en agosto del 2025:
La Contraloría recordó que la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos entró en vigencia el 29 de julio de 2025.
Y señaló que reformó la Ley para la Presentación y Control de las Declaraciones Patrimoniales Juradas.
Por lo que, detalló, "los servidores públicos del Ecuador que se desempeñan en cargos de nivel jerárquico superior y son considerados Personas Expuestas Políticamente (PEP), deberán presentar una nueva declaración patrimonial ante la Contraloría General del Estado (CGE), entre el 1 y 31 de agosto de 2025, con la siguiente información". Con estos datos:
- Posiciones actuales mantenidas fuera de la función pública, ya sean remuneradas o no, en el país y en el extranjero;
- Fuentes de ingresos adicionales al cargo público, detallando el tipo de ingreso, la fuente, y su valor, percibidos en el país y en el extranjero.
- Remuneración a percibir en el cargo público.
- Sociedades, fideicomisos, arreglos jurídicos y bienes de los cuales sea el beneficiario final el declarante, su cónyuge e hijos menores de edad, en el país y en el extranjero.
¿Quiénes se consideran PEP?
- Todos los cargos de libre elección popular.
- Desde el grado 5 al 10 de la escala de remuneración mensual unificada. del nivel jerárquico superior y sus equivalencias.
- Subgerentes de Área.
- Directores, Gerentes, Subgerentes, Asesores, Coordinadores de las Empresas Públicas Estatales.
- En Fuerzas Armadas y Policía Nacional, desde Teniente Coronel; en la Fuerza Naval, desde Capitán de Fragata.
- Alcaldes, vicealcaldes, concejales, administradores, comisarios, directores.
- Gerentes, subgerentes, asesores, coordinadores, de los gobiernos Autónomos Descentralizados, y de sus Empresas Públicas;
- Asambleístas principales y suplentes y los directivos de libre nombramiento y remoción de la Asamblea Nacional.
- Gobernadores e Intendentes.
- Prefectos, Viceprefectos, Consejeros, Directores de las Prefecturas.
- Diplomáticos, embajadores, cónsules (Cumpliendo delegaciones por parte del Ecuador en el extranjero, y aquellos que se encuentran en el país en representación de otro Estado).
- Magistrados, jueces, conjueces, fiscales, presidente y vocales, director general y provinciales, asesores nacional y provinciales, coordinadores nacionales y provinciales del Consejo Nacional de la Judicatura.
- Gerentes y directores de Hospitales, de Centros o Unidades de Salud.
- Directores del Ministerio de Educación.