Álvarez sentenciado
¿Aquiles Álvarez dejará la Alcaldía de Guayaquil tras la condena por el caso Grillete?
El alcalde de Guayaquil fue sentenciado a tres años de prisión por incumplir una medida judicial referente al uso de un grillete electrónico

Aquiles Álvarez, alcalde de Guayaquil, durante una sesión del Concejo Cantonal.
Lo que debes saber
- Este lunes 3 de agosto, el alcalde de Guayaquil, Aquiles Álvarez, fue sentenciado a tres años de prisión por el caso Grillete, relacionado al imcumplimiento de una medida judicial.
- El fallo no implica de manera automática que Álvarez deba dejar el cargo de alcalde de Guayaquil, ya que aún existen procedimientos y recursos previstos en la legislación ecuatoriana.
- El alcalde también enfrenta procesos en los casos Triple A y Goleada, por los que permanece con prisión preventiva en la Cárcel del Encuentro, en la provincia de Santa Elena.
La sentencia de tres años de prisión impuesta este lunes 3 de agosto al alcalde de Guayaquil, Aquiles Álvarez, dentro del caso Grillete, abrió interrogantes sobre su continuidad al frente del Municipio. Sin embargo, el fallo no implica de manera automática que deba dejar el cargo, ya que aún existen procedimientos y recursos previstos en la legislación ecuatoriana.
(Te puede interesar: Aquiles Álvarez es condenado a tres años de cárcel por el caso Grillete)
Álvarez fue declarado culpable por el delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente, proceso que se originó tras no acatar las condiciones relacionadas con el uso del grillete electrónico que le había sido impuesto como medida cautelar en otra causa judicial.
El alcalde también enfrenta procesos en los casos Triple A y Goleada, por los que permanece con prisión preventiva en la Cárcel del Encuentro, en la provincia de Santa Elena.
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Según el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad), una condena penal no conlleva por sí sola la pérdida inmediata del cargo de una autoridad de elección popular.
Para que un alcalde sea removido o cese en sus funciones deben configurarse las causales y procedimientos establecidos en esa normativa o existir una decisión judicial que produzca la pérdida de sus derechos de participación.
¿Qué establece el Cootad?
El artículo 333 del Cootad establece las causales por las que una autoridad de elección popular puede ser removida:
- Haberse dictado en su contra sentencia ejecutoriada por cualquier tipo de delito.
- Ausentarse del cargo por más de tres días hábiles sin haberlo encargado a quien lo subrogue legalmente y sin causa justificada.
- Incumplimiento, sin causa justificada, de las leyes y de las resoluciones legítimamente adoptadas por los órganos normativos de los gobiernos autónomos descentralizados.
- Despilfarro o malos manejos de fondos del gobierno autónomo descentralizado, cuya inversión o empleo sea de su competencia, legal y debidamente comprobado.
- Ejercicio de actividades electorales en uso o con ocasión de sus funciones y abusar de la autoridad que le confiere el cargo para coartar la libertad de sufragio u otras garantías constitucionales.
- Padecer de incapacidad física o mental permanente debidamente comprobada, que le imposibilite el ejercicio de su cargo.
- Incumplir con las disposiciones establecidas en la legislación para garantizar el ejercicio del derecho a la participación ciudadana en la gestión del respectivo gobierno autónomo descentralizado.
La remoción no es automática y debe tramitarse mediante un procedimiento que garantice el derecho a la defensa y culmina con una resolución del Concejo municipal.
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De hecho, el Concejo Cantonal de Guayaquil ya conoció un proceso de remoción contra Álvarez relacionado con su ausencia del cargo mientras permanecía privado de libertad.
El 26 de junio de 2026, la mayoría de los concejales resolvió no removerlo, al considerar que existía una subrogación legal de funciones a cargo de la vicealcaldesa Tatiana Coronel y que no se configuraba la causal invocada
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Mientras Álvarez continúa en prisión preventiva, la administración municipal permanece bajo la subrogación prevista en el Cootad. Esa figura permite que la vicealcaldesa ejerza las funciones ejecutivas del Municipio durante la ausencia temporal del titular, sin que ello suponga la vacancia definitiva de la Alcaldía.
La condena en el caso Grillete no significa que Aquiles Álvarez deje automáticamente la Alcaldía de Guayaquil. Su permanencia en el cargo dependerá de la evolución de los procesos judiciales, de si la sentencia queda ejecutoriada con los efectos que determine la ley y de cualquier eventual actuación que corresponda a las autoridades competentes conforme al marco jurídico vigente.