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¡Ni Trespatines!

Avatar del Roberto López

Es que -más o menos- desde que a Adán y Eva se les restringió el derecho al tránsito por el jardín del Edén, la existencia del género humano gira alrededor de las restricciones

Si yo le dijera lector que el violador de su pequeña hija no puede ir a la cárcel, pues sería restringir su derecho a la libertad; y que está prohibido restringirle sus derechos, incluso… (y esto es para Ripley) que no se puede reformar la Constitución si se “restringe derechos”? …probablemente usted me respondería que no puede ser. Que mi problema no es mi mentalidad de “jurisconsulto”, sino mi estúpida forma de entender el Derecho.

Es que -más o menos- desde que a Adán y Eva se les restringió el derecho al tránsito por el jardín del Edén, la existencia del género humano gira alrededor de las restricciones. Por eso El Chapo tiene restringido su derecho a la libertad. De por vida, en una cárcel en EE. UU.

En 1949 -a raíz de la II Guerra Mundial- se expidió la Constitución alemana (LFB). Su artículo 19 se llama Restricción de los derechos fundamentales. Pero luego de 73 años, la desinformada CC/Ecuador sigue sosteniendo en sus numerosos fallos que no se puede enmendar la Constitución cuando “restringe derechos”. ¡Ni Trespatines! Se erige así la “no restricción de derechos” como el monumento ecuatoriano a la estupidez: 17 millones de tontos estamos de hinojos ante la todopoderosa corte que tiene el poder de negarle al presidente la pregunta sobre la extradición. Corte que no tiene la más mínima idea de lo que digo, pues tenemos una ley (Lgjcc, art. 3, num. 2) que la obliga a aplicar la proporcionalidad como método interpretativo. Solo basta acudir a un texto sobre la materia (Proporcionalidad. Los derechos fundamentales y sus restricciones, Barak, Aharon, 2017) para entender que no solo la historia, sino la moderna teoría constitucional nos enseñan que la proporcionalidad consiste -precisamente- en el estudio de las restricciones a los derechos fundamentales.

Si la CC niega la pregunta, le habremos dado a quien le entregó el país a los narcotraficantes su mayor triunfo, pues no podrá ser extraditado de aquí, porque… pobrecito, no se le puede restringir sus derechos. ¿O es que esta Corte puede restringir el derecho a la vida de los no nacidos pero no los derechos del monstruo?