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Celebrando el vacío normativo

Avatar del Bernardo Tobar

...los insatisfechos organizan paros contra la autoridad y las instituciones, a quienes el ciudadano promedio se ha acostumbrado a mirar como el gran padrino que debe resolverlo todo’.

Los herederos del sistema continental europeo cargan desde tiempos de la Colonia con una deformación jurídica: el rigorismo formal, que pide una norma cuando no la hay específicamente para un caso, y cuando la hay, no entienden su aplicación sin la reglamentación secundaria. Y para guinda del pastel, cuando las cosas no funcionan a pesar de la maraña regulatoria, acusan la ausencia de las denominadas políticas públicas, invención peligrosa de la escuela estatista. Como si el Estado fuera una deidad con su credo y mandamientos, las políticas públicas vienen a ser el programa de santidad impartido por los guardianes de la fe, burócratas iluminados que pretenden saber los caminos por donde han de transitar los súbditos obedientes en pos de su salvación cívica.

En la práctica, las cosas no funcionan precisamente por la intervención de los poderes públicos, pues mientras más competencias asumen, menos libertades -y las responsabilidades consiguientes- dejan en manos del súbdito. A la luz de las garantías y las promesas de bienestar que abundan en las nuevas constituciones, amén de las incontables políticas públicas para encausar la conducta humana, las personas ya no sienten la necesidad de imaginar su futuro o de apostarle a sus iniciativas como cuando el Estado se limitaba a garantizar el orden, organizar la justicia y poco más; la felicidad quedaba en manos de cada uno. Ahora es al revés, los insatisfechos organizan paros contra la autoridad y las instituciones, a quienes el ciudadano promedio se ha acostumbrado a mirar como el gran padrino que debe resolverlo todo.

La cultura anglosajona, por contraste, celebra el vacío legal, pues permite a las partes generar con toda libertad las reglas que han de gobernar sus relaciones, sin imponer el mismo patrón de conducta sobre los demás. Inglaterra no tiene una constitución escrita: muchas de las normas cuya supremacía se reconoce de manera general provienen de precedentes históricos, en algunos casos de fuentes no escritas, pero comunicadas por la tradición. Y, sin embargo, es una jurisdicción reconocida por su solidez jurídica. Aquí podemos tener una de las cartas políticas más extensas, detalladas y reglamentarias que ha registrado la historia del Derecho, y decenas de miles de leyes y decretos, pero en los hechos la ley no se respeta ni aplica. La promiscuidad normativa ha contribuido a malbaratar el valor de la regla de derecho.