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Diario Expreso Ecuador

Campaña anticipada sin árbitro

El proceso electoral ya comenzó, pero el CNE enfrenta cuestionamientos por su falta de control sobre la campaña anticipada y las condiciones de competencia

El CNE tiene entre sus responsabilidades garantizar la transparencia y equidad de los procesos electorales.

El CNE tiene entre sus responsabilidades garantizar la transparencia y equidad de los procesos electorales.ARCHIVO/ EXPRESO

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Empezó el proceso electoral: convocatoria formal, inscripciones abiertas, disputa acérrima por alcaldías, prefecturas y concejalías. Lo que no hay es un árbitro que realmente controle.

Un proceso sin árbitro

La campaña oficial aún no empieza, pero todo transcurre con un Consejo Nacional Electoral (CNE) que se ha ganado la fama de ser ciego, sordo y mudo. El problema se repite y el argumento del CNE para su inacción constante es el vacío legal del Código de la Democracia que debería ser tratado por la Asamblea.

Lo que manda la Constitución

Nuestra Constitución (art. 219) encarga al CNE garantizar la transparencia del proceso y controlar la campaña electoral, tarea que no ha cumplido más allá de quien haya ejercido su dirección, pues entre sus facultades está la de reglamentar la normativa legal sobre los asuntos de su competencia. El estándar internacional no es ambiguo. El Comité de Derechos Humanos de la ONU, en su Observación General 25, exige elecciones libres y equitativas, exentas de influencias indebidas sobre la voluntad del elector, y demanda una autoridad independiente que supervise el proceso y garantice su imparcialidad. En la misma línea, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en los casos Yatama vs. Nicaragua (2005) y Castañeda Gutman vs. México (2008) sostuvo que el reconocimiento formal de los derechos políticos no basta, sino que el Estado debe garantizar condiciones reales de igualdad para su ejercicio y una competencia electoral equitativa.

Administrar un calendario electoral no es arbitrar, y frente a los constantes reclamos de los ciudadanos, el silencio institucional no garantiza el proceso ni protege el derecho de los electores a decidir en condiciones propicias. Nadie le pide al CNE que persiga a nadie, pero la democracia exige que regule lo que la Constitución le ordena reglamentar.

Las zonas grises del Código de la Democracia

Las zonas grises no cayeron del cielo; las dejó abiertas quien tenía la potestad de cerrarla. Por eso hoy no tenemos un árbitro que controle los procesos de campaña anticipada ni la campaña misma y, sin árbitro, la claridad electoral deja de ser una garantía para convertirse en una simple promesa.

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