Ciudades ordenadas

La base del orden en materia corporativa se encuentra en la realización y ejecución del catastro dentro del plan de trabajo y desarrollo institucional

Orden es la situación o estado de normalidad o funcionamiento correcto de algo; orden social y respeto a la ley, donde el Estado es su garante. El Cootad (art. 54) indica las funciones de los GAD: promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial para garantizar el buen vivir a través de la implementación de políticas públicas, en el marco de sus competencias constitucionales y legales. La base del orden en materia corporativa se encuentra en la realización y ejecución del catastro dentro del plan de trabajo y desarrollo institucional, para fortalecer la misión de los GAD. El catastro multipropósito será sostén del desarrollo integral propiciando el uso lícito, sostenible, productivo y adecuado de la tierra, promoviendo seguridad jurídica y disminuyendo la conflictividad sobre la propiedad, conforme establece el art. 481 inciso 1 y 4, en concordancia con art. 486 inciso 5 del Cootad, que faculta a los GAD establecer procedimientos de titulación administrativa a favor de posesionarios de predios que carezcan de títulos inscritos. Previo a la permanente actualización catastral, se logrará mayor certeza con propósitos de ordenamiento y fortalecimiento fiscal, ambiental y productivo, permitiendo diagnosticar patrones y comportamientos en las dinámicas inmobiliarias (uso, valor y desarrollo del suelo) facilitando la toma correcta de decisiones sobre el territorio. Art. 5 Cootad: competencias municipales, planificar el desarrollo cantonal formulando el plan de ordenamiento territorial.

Ab. Fabián Arteaga Espinel