Asamblea aprueba reformas de tránsito en Ecuador y se cuestiona su constitucionalidad
La Asamblea Nacional aprobó reformas a la normativa de tránsito en Ecuador que han generado cuestionamientos. Sectores se pronuncian

Vista general del pleno de la Asamblea Nacional del Ecuador, donde se desarrollan sesiones legislativas y debates sobre reformas legales y políticas públicas.
Ante la noticia de que la Asamblea Nacional aprobó unas reformas a la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, así como también al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, con las cuales se pretende pasar la competencia que tienen los gobiernos autónomos descentralizados municipales en materia del control de tránsito, existen asambleístas ‘mushpas’ y despistados que no se dan cuenta de que para plantear tales reformas, primero se debe reformar la Constitución de la República.
Política
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Mónica Jara Chérrez
Competencias de los municipios en la Constitución
En el artículo 264, numeral 6 la Constitución manda: “Los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley…6. Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte público dentro de su territorio cantonal”.
Críticas al procedimiento legislativo en la Asamblea
Estos asambleístas ignaros, que ni siquiera han revisado la Constitución, han aprobado reformas que son inconstitucionales y que por tanto deberán ser declaradas nulas por la Corte Constitucional.
Nos mantenemos al margen de los intereses que existan al respecto, pero sí nos pronunciamos porque quienes hacen las leyes por lo menos hayan dado una lectura a la Constitución y hayan entendido sus disposiciones para aplicarlas correctamente.
Gustavo Chiriboga Castro