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Diario Expreso Ecuador

reforma al coip

Reclutamiento de menores: ¿qué penas enfrentan ahora los grupos criminales en Ecuador?

La modificación cambia el artículo 127 del COIP, que hasta ahora establecía entre 10 y 13 años de cárcel para quienes reclutaran a menores

Sesión del Pleno de la Asamblea Nacional este martes 29 de septiembre.

Sesión del Pleno de la Asamblea Nacional este martes 29 de septiembre.Flickr Asamblea Nacional

Edison Andrés García Yépez

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Lo que debes saber

  • La Asamblea Nacional aprobó una reforma que eleva de 10-13 años a 22-26 años las penas por reclutar, usar o utilizar a menores en actividades delictivas.
  • La nueva normativa también contempla estas sanciones cuando los menores son involucrados por organizaciones criminales, estructuras delictivas o grupos armados.
  • Además, incorpora medidas de protección, prevención y denuncia reservada para fortalecer la atención a las víctimas.

El reclutamiento de niñas, niños y adolescentes para actividades delictivas tendrá sanciones más severas en Ecuador. La Asamblea Nacional aprobó este martes 29 de septiembre una reforma que eleva las penas por esta conducta hasta los 26 años de prisión.

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La modificación cambia el artículo 127 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que hasta ahora establecía entre 10 y 13 años de cárcel para quienes reclutaran a menores.

Con la reforma, la pena pasa a un rango de 22 a 26 años, lo que representa un incremento de hasta 13 años respecto de la sanción vigente.

Quienes recluten, usen o utilicen a menores para cometer delitos podrán enfrentar entre 22 y 26 años de prisión, tanto si actúan individualmente como si forman parte de organizaciones delictivas, estructuras criminales o grupos armados.

El artículo 430.1 del COIP permitirá mantener en reserva la identidad de quienes reporten casos relacionados con extorsión y con el reclutamiento, uso o utilización de menores, una medida orientada a facilitar la presentación de denuncias.

El proyecto, presentado el 21 de enero de 2026 por la asambleísta Valentina Centeno, incorpora medidas de prevención, detección temprana y atención especializada, además de mecanismos de reintegración social para los menores afectados.

GAD deben establecer medidas de prevención en espacios públicos cercanos a escuelas y colegios

Los gobiernos autónomos descentralizados (GAD) deberán establecer, mediante ordenanzas, medidas de prevención en los espacios públicos cercanos a las instituciones educativas.

El objetivo será evitar la presencia de expresiones o representaciones que promuevan, justifiquen o incentiven actividades delictivas, así como el reclutamiento, uso o utilización de niñas, niños y adolescentes.

La normativa incorpora además el derecho a la protección en entornos digitales y permite al Estado disponer el bloqueo temporal de direcciones IP, dominios y URL que alberguen contenidos destinados a promover el reclutamiento con fines criminales.

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