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Diario Expreso Ecuador

¿Cuánto te ahorras este mes? Así impacta el nuevo precio de la gasolina en Ecuador

Los combustibles bajaron de precio en Ecuador, pero el ahorro cambia según el tipo de gasolina, el tamaño del tanque y las recargas mensuales

Referencial.Estación de servicio en Ecuador, donde los usuarios perciben el impacto de la reciente variación en los precios de los combustibles.

Referencial.Estación de servicio en Ecuador, donde los usuarios perciben el impacto de la reciente variación en los precios de los combustibles.Foto: Canva

Valeria Alvear
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Los precios de los combustibles registraron una nueva reducción en Ecuador desde las 00:00 del miércoles 12 de agosto de 2026. Sin embargo, el impacto en el bolsillo dependerá del tipo de gasolina, la capacidad del tanque y la cantidad de recargas que realice cada conductor durante el mes.

El presidente Daniel Noboa expidió el Decreto Ejecutivo 468 el martes 11 de agosto. La norma reformó el mecanismo excepcional utilizado para calcular el precio de las gasolinas Extra y Ecopaís, así como del diésel prémium.

La Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos (ARCH) confirmó que estos tres combustibles bajaron dos centavos por galón, y no cinco centavos como había proyectado inicialmente el sector distribuidor. Los valores permanecerán vigentes hasta el 11 de septiembre de 2026.

¿Cuáles son los nuevos precios de los combustibles?

Los precios anteriores y actuales quedaron establecidos de la siguiente manera:

  • Gasolina Extra y Ecopaís: pasaron de $3,26 a $3,24 por galón.
  • Diésel prémium: bajó de $3,20 a $3,18 por galón.
  • Gasolina Súper: pasó de un precio sugerido de $5,61 a un rango de entre $4,64 y $4,90 por galón.

En el caso de la gasolina Súper, el valor final puede variar entre estaciones de servicio. Este combustible tiene el precio liberado, por lo que cada establecimiento define su margen de ganancia. 

¿Qué cambió con el Decreto Ejecutivo 468?

El decreto reformó el mecanismo excepcional creado en julio de 2026 para calcular los precios de las gasolinas Extra y Ecopaís, así como del diésel prémium.

Según la nueva fórmula, el precio de venta en terminal del periodo actual se determinará a partir del valor registrado durante el mes anterior, sobre el cual se aplicará un factor de reducción.

La disminución mensual podrá ubicarse dentro de un rango de entre 0,75 % y 1,5 %. El mecanismo comenzará con el porcentaje mínimo y podrá avanzar progresivamente hasta alcanzar el límite superior.

Esto no significa que todos los combustibles disminuirán automáticamente 1,5 % cada mes. El Decreto 468 establece el rango y la fórmula mediante los cuales se aplicarán las reducciones cuando se mantengan las condiciones del mecanismo excepcional.

A partir del segundo mes de vigencia, el factor se modificará progresivamente de acuerdo con los parámetros técnicos contemplados en la normativa.

El Gobierno emitió una reforma al cálculo del precio de los hidrocarburos.

El Gobierno emitió una reforma al cálculo del precio de los hidrocarburos.Ilustración / Google AI

¿Cuándo dejaría de aplicarse el mecanismo?

La reducción gradual continuará mientras el costo internacional de importar combustibles no registre un aumento fuerte.

El Decreto Ejecutivo 468 establece que el mecanismo excepcional podría suspenderse si el Precio de Paridad de Importación, que representa el costo de traer el combustible al país, aumenta 40 % o más frente al valor registrado cuatro periodos atrás.

Si se alcanza ese límite, los precios volverían al sistema ordinario de bandas. Este permite incrementos mensuales de hasta el 5 % y reducciones de hasta el 10 %.

Esto no significa que la gasolina aumentará automáticamente 40 %. Ese porcentaje únicamente determina cuándo se abandona el mecanismo especial de reducción y se retoma el sistema habitual de cálculo.

¿Por qué el Gobierno modificó la fórmula?

El Ejecutivo justificó la reforma por la volatilidad de los precios internacionales del petróleo y el tiempo que tardan esas variaciones en trasladarse al mercado ecuatoriano.

En los considerandos del Decreto Ejecutivo 468, el Gobierno señaló que es necesario reducir gradualmente las diferencias entre los precios internacionales y nacionales cuando se presenten variaciones extraordinarias y sostenidas.

La medida también pretende acelerar la aplicación de las reducciones internacionales en el mercado interno, sin dejar de considerar la estabilidad económica y la sostenibilidad fiscal.

El Decreto Ejecutivo 468 entró en vigor desde las 00:00 del 12 de agosto de 2026, independientemente de su publicación en el Registro Oficial. Los valores actuales regirán hasta el 11 de septiembre de 2026, cuando corresponderá una nueva actualización.

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