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Diario Expreso Ecuador

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Colegios y universidades deberán incorporar educación ambiental tras nueva ley en Ecuador

La reforma incorpora la sostenibilidad al sistema educativo y establece nuevas responsabilidades para instituciones educativas y gobiernos locales

La reforma establece nuevas disposiciones para incorporar la educación ambiental y el desarrollo sostenible en el sistema educativo ecuatoriano.

La reforma establece nuevas disposiciones para incorporar la educación ambiental y el desarrollo sostenible en el sistema educativo ecuatoriano. Freepik

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Lo que se sabe 

  • La ley ya está vigente: fue publicada en el Registro Oficial el 23 de septiembre de 2026.
  • Educación ambiental obligatoria: será un eje transversal en los ámbitos formal, no formal e informal.
  • Plazos de aplicación: hay seis meses para emitir lineamientos técnicos y un año para que las instituciones educativas incorporen progresivamente un proyecto anual de sostenibilidad.

La Ley Orgánica Reformatoria de Diversos Cuerpos Legales para el Fortalecimiento de la Educación Ambiental para el Desarrollo Sostenible entró en vigencia, tras su publicación en el Tercer Suplemento del Registro Oficial. 

La norma fue aprobada por el Pleno de la Asamblea Nacional en segundo debate el 9 de septiembre de 2026, luego de su primer debate el 3 de junio de 2026. El presidente Daniel Noboa sancionó el texto el 22 de septiembre de 2026, con lo que la reforma comenzó a regir tras su publicación oficial.

Uno de los principales cambios se aplica al Código Orgánico del Ambiente, cuyo artículo 16 fue sustituido para establecer la educación ambiental como un eje transversal obligatorio en los ámbitos formal, no formal e informal del Sistema Nacional de Educación.

La implementación estará bajo la rectoría de la Autoridad Educativa Nacional, en coordinación con la Autoridad Ambiental Nacional, mientras que las instituciones públicas competentes deberán realizar un seguimiento periódico de su cumplimiento.

Sostenibilidad llega al currículo educativo

La reforma incorpora un nuevo Título VII a la Ley Orgánica de Educación Intercultural, con el propósito de integrar progresivamente la educación para el desarrollo sostenible en el currículo nacional, el perfil de salida del bachiller y los programas de formación docente continua. 

También modifica la Ley Orgánica de Educación Superior para que las universidades incorporen estos contenidos en sus actividades de docencia, investigación, vinculación y gestión, con énfasis en las carreras relacionadas con la formación pedagógica.

El Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) también fue reformado para asignar responsabilidades a los gobiernos autónomos descentralizados provinciales, cantonales y parroquiales, que deberán promover programas de educación ambiental según las características de cada territorio, con enfoques comunitarios e interculturales, y reportar anualmente sus resultados a las autoridades nacionales. 

Además, la normativa establece un plazo de seis meses desde el 23 de septiembre de 2026 para que la Autoridad Educativa Nacional y el Consejo de Educación Superior emitan los lineamientos y adaptaciones necesarios, mientras que las instituciones educativas tendrán un año para incorporar progresivamente al menos un proyecto anual relacionado con sostenibilidad, de acuerdo con su planificación y disponibilidad presupuestaria.

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