trámite ante el sri
Septiembre, la última oportunidad para actualizar gastos personales y reducir pago de impuesto
Los trabajadores bajo relación de dependencia pueden modificar en septiembre de 2026 la proyección de gastos personales presentada en febrero

La actualización está dirigida a los trabajadores en relación de dependencia que hayan experimentado cambios relevantes en su situación económica.
Los trabajadores bajo relación de dependencia en Ecuador tienen durante septiembre de 2026 una nueva oportunidad para actualizar la proyección de gastos personales que presentaron a sus empleadores en febrero de este año. El trámite puede tener un impacto directo en el monto que se descuenta mensualmente por concepto de Impuesto a la Renta (IR).
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La posibilidad de modificar la información no es nueva. Está contemplada en la Resolución Nro. NAC-DGERCGC23-00000020, vigente desde 2023, que establece que los empleados deben presentar en febrero una proyección de los gastos personales que esperan realizar durante el año fiscal. Sin embargo, también permite entregar un nuevo formulario en junio y/o septiembre cuando existan cambios en esa estimación o en el número de cargas familiares.
La proyección constituye una declaración de buena fe del contribuyente sobre los gastos que prevé efectuar. No obstante, esos valores deberán estar respaldados posteriormente con facturas o comprobantes de venta válidos.
¿Quiénes pueden actualizar la proyección de gastos personales?
La actualización está dirigida a los trabajadores en relación de dependencia que hayan experimentado cambios relevantes en su situación económica o familiar respecto de lo reportado a inicios de año.
Entre los motivos más comunes para presentar una nueva proyección están los gastos médicos imprevistos, incrementos en educación o vestimenta, el nacimiento de un hijo, cambios en la dependencia económica de familiares o variaciones en los ingresos percibidos durante el ejercicio fiscal.
La norma busca que la información utilizada para calcular las retenciones mensuales refleje de mejor manera la realidad financiera del trabajador.
¿Qué ocurre si se presenta una actualización en septiembre?
Una vez que el trabajador entrega el nuevo formulario, el empleador debe reliquidar las retenciones futuras del Impuesto a la Renta correspondientes a los meses restantes del año.
Esto significa que, si los gastos personales aumentaron respecto de la proyección inicial, la base para el cálculo del impuesto puede reducirse y, en consecuencia, disminuir el valor retenido mensualmente en el salario.
Por el contrario, si los gastos proyectados disminuyen o cambian las condiciones declaradas inicialmente, la reliquidación permitirá ajustar el cálculo para evitar diferencias al cierre del ejercicio fiscal.
La posibilidad de modificar la proyección responde a un objetivo práctico: evitar que los trabajadores paguen más impuesto del necesario durante el año.
Si una persona mantiene una proyección inferior a los gastos que realmente está efectuando, podría terminar soportando retenciones más altas de las que le corresponderían. En ese escenario, tendría que iniciar posteriormente un trámite ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) para recuperar los valores pagados en exceso.
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Los gastos deberán justificarse ante el SRI
La actualización del formulario no reemplaza la obligación de respaldar los gastos personales. Los contribuyentes deberán conservar las facturas y comprobantes que sustenten los valores declarados.
Además, en febrero de 2027 deberán presentar el anexo correspondiente de gastos personales, documento mediante el cual el SRI verificará que los montos proyectados efectivamente se realizaron y cuentan con respaldo documental.