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Liquidación de Correos del Ecuador se extiende 45 días más por decreto
El nuevo plazo corre desde el 1 de julio y se suma a cinco prórrogas previas. La liquidadora responderá ante el directorio

El proceso de liquidación de Correos del Ecuador, iniciado en 2020, sigue sin concluir tras una nueva prórroga de 45 días.
LO QUE DEBES SABER
- El Decreto 434 amplía por 45 días, desde el 1 de julio de 2026, el plazo de liquidación de Correos del Ecuador.
- La empresa pública fue declarada en extinción mediante el Decreto Ejecutivo 1056 del 19 de mayo de 2020.
- El Directorio aprobó la ampliación el 26 de junio de 2026 bajo estricta responsabilidad de la liquidadora.
La liquidación de la Empresa Pública Correos del Ecuador (CDE E.P.), abierta desde hace más de seis años, sigue sin cerrarse.
Un día antes de que venciera el plazo fijado para el 30 de junio, el presidente Daniel Noboa Azín firmó el Decreto Ejecutivo 434, que amplía el proceso 45 días más, desde el 1 de julio de 2026.
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¿Por qué se necesita una nueva prórroga?
El Directorio de la CDE E.P. recibió, el 23 de junio de 2026, los informes técnico administrativo-financiero, técnico jurídico y consolidado sobre el estado de la liquidación. Con base en esos documentos, el 26 de junio aprobó extender el proceso 45 días más, bajo estricta responsabilidad de la liquidadora.
Dos días después, el presidente del Directorio solicitó al Ejecutivo la emisión del decreto que formalizara esa decisión. Noboa lo firmó al día siguiente, mientras se encontraba en Paraguay, según consta en el propio documento.
¿Cuántas veces se ha extendido este proceso?
La extinción de Correos del Ecuador se dispuso en mayo de 2020. Desde entonces, el Ejecutivo ha emitido al menos cinco decretos para ampliar el cierre de la empresa: en
- 2021,
- 2022,
- 2023,
- 2025 y ahora en 2026.
El Decreto 778, de junio de 2023, estableció que el plazo se extendería hasta que la liquidación se materializara.
Una reforma de mayo de 2025 fijó un límite de 24 meses, prorrogable solo si el liquidador presenta un informe motivado y el directorio lo aprueba.
El decreto anterior, de diciembre de 2025, había fijado el cierre para el 30 de junio de 2026. El nuevo plazo vence en agosto.
¿Qué responsabilidad asume la liquidadora?
La Ley Orgánica de Empresas Públicas establece que el liquidador responde por cualquier perjuicio derivado de fraude, negligencia o abuso de los bienes de la empresa.
Si actúa con omisión o dolo, puede ser removido y responder personalmente por los daños causados.
El propio decreto reitera que la ampliación de 45 días se otorga bajo estricta responsabilidad de la liquidadora, lo que implica que deberá justificar el uso de ese plazo adicional ante el directorio.
¿Qué pasará con los activos y pasivos de la empresa?
El Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (Mintel) deberá facilitar la transferencia de todos los activos y pasivos de la CDE E.P., incluidos los derechos litigiosos pendientes.
Esa transferencia se formalizará mediante escritura pública, según los parámetros fijados en el Decreto 778 de 2023.
¿Cuándo concluye formalmente el proceso?
El decreto dispone que el liquidador seguirá representando a la empresa hasta el cierre definitivo de todos sus registros públicos.
Eso incluye el:
- Registro Único de Contribuyentes (RUC),
- el Registro Único de Proveedores (RUP),
- el número patronal y
- la cuenta que la entidad mantiene en el Banco Central del Ecuador.
El decreto entró en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación posterior en el Registro Oficial.