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Diario Expreso Ecuador

feriado 10 de agosto

IVA al 8 % por el feriado del 10 de Agosto en Ecuador: estos servicios pagarán menos impuestos

El beneficio se aplicará durante tres días del feriado y busca incentivar el turismo interno y la reactivación económica del sector

En Ecuador, el IVA para los servicios turísticos bajará al 8 % durante el feriado del 10 de Agosto.

En Ecuador, el IVA para los servicios turísticos bajará al 8 % durante el feriado del 10 de Agosto.Archivo / Expreso

Mayra Pacheco Pazmiño
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Actualizado:

Lo que debes saber

  • El Gobierno redujo temporalmente el IVA del 15 % al 8 % para servicios turísticos durante el feriado del 10 de Agosto.
  • La tarifa aplicará los días 8, 9 y 10 de agosto de 2026 para establecimientos turísticos calificados.
  • La medida busca incentivar el turismo interno, apoyar la reactivación económica del sector y fomentar la formalización.

El presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 465, que reduce temporalmente del 15 % al 8 % la tarifa del impuesto al valor agregado (IVA) para los servicios vinculados al sector turístico durante el feriado nacional del 10 de Agosto.

La medida estará vigente los días sábado 8, domingo 9 y lunes 10 de agosto de 2026, y será aplicable exclusivamente a los servicios considerados como actividades turísticas de acuerdo con la Ley de Turismo.

¿Qué servicios tendrán IVA reducido?

El Decreto establece que la reducción de la tarifa beneficiará a los servicios definidos como actividades turísticas en la Ley de Turismo.

Entre ellos se encuentran:

  • Alojamiento
  • Alimentos y bebidas
  • Transporte turístico
  • Agencias de viajes
  • Guianza
  • Organización de eventos
  • Centros de convenciones
  • Parques temáticos
  • Balnearios y otros servicios registrados dentro de esta actividad económica.

Para acceder al beneficio, los establecimientos deberán estar calificados como prestadores de servicios turísticos y emitir sus comprobantes de venta aplicando la tarifa reducida durante los tres días establecidos en el decreto.

Medida busca impulsar el turismo interno

El Ejecutivo señala que la reducción temporal del IVA constituye una medida excepcional de política tributaria orientada a dinamizar la actividad económica, incentivar el turismo interno, apoyar la reactivación del sector y fomentar la formalización de la economía, con efectos positivos sobre la recaudación tributaria.

El decreto fue emitido este 4 de agosto de 2026 luego de contar con el dictamen favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, requisito previsto en la Ley de Régimen Tributario Interno para aplicar este tipo de reducciones temporales durante los feriados nacionales.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) será el encargado de adoptar las acciones necesarias para implementar la medida, mientras que la ejecución del decreto estará coordinada con el Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones.

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