Suspenden jornada laboral
El Gobierno decretó la suspensión de la jornada laboral por dos días en el sector público y privado.PEXELS

Suspensión jornada laboral: cómo aplica y cómo se recupera en el sector público

La jornada en el sector público será recuperada a través de una hora adicional durante los siguientes días laborables

El Gobierno emitió, la mañana de este 17 de abril, un comunicado, a través de la Secretaría General de Comunicación de la Presidencia, en el que decretó la suspensión de la jornada laboral, tanto en el sector público como en el privado, los días 18 y 19 de abril de 2024.

Suspensión laboral. La jornada del 19 y 19 de abril queda suspendida vía decreto; será recuperable.

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Según el documento, la decisión de la Presidencia de la República se toma con el propósito de "defender a la ciudadanía de las pretensiones del crimen organizado", luego de haber anunciado que presentaron ante la Fiscalía General del Estado (FGE) una denuncia en contra de 22 "saboteadores" por paralización del servicio público. Esto en referencia a la crisis que atraviesa el sector energético del país y sobre el que ha existido un supuesto sabotaje, según recientes declaraciones del presidente Daniel Noboa. 

En el texto se señala a la exministra de Energía y Minas, Andrea Arrobo y a otros funcionarios de esta cartera de Estado de haber ocultado “intencionalmente” información sobre el funcionamiento del sistema nacional energético. El señalamiento se fundamenta en una investigación preliminar llevada a cabo por la nueva administración del Ministerio de Energía y Minas, liderada por el ministro (e) Roberto Luque, según reza el comunicado.

Daniel Noboa

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El decreto ejecutivo 226, publicado este miércoles 17 de abril de 2024, en el que se establece la suspensión de la jornada laboral por dos días -18 y 19 de abril- en todo el país, también dispone que esta deberá ser recuperada.

El sector público deberá recuperar la jornada laboral de estos dos días a través de una hora adicional durante los días laborables subsiguientes. Para el sector privado establece que la forma de recuperación será la determinada de mutuo acuerdo por empleadores y trabajadores.

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