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La resolucion que deroga las tasas judiciales “carece de legalidad”

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El reglamento de cobro de tasas por servicios administrativos de diligencias y actuaciones de la Función Judicial no estaría legalmente derogado, por fallas en la resolución 092-2016 que se emitió para ese efecto.

El Colegio de Abogados del Guayas (CAG) observó que dicho documento no tiene validez jurídica, por cuanto no está motivado. Es decir, no contiene los motivos por los cuales el Pleno del Consejo de la Judicatura (CJ) sustentó la decisión de dejar sin efecto las resoluciones 82 y 89-2016, las cuales daban paso al cobro de tasas por determinados servicios judiciales. “Resolución que no está motivada carece de legalidad”, dice Jimmy Salazar, presidente del CAG.

El gremio hizo público -ayer- el pedido que ha extendido a la Judicatura, para que “se tomen los correctivos necesarios en esa resolución y que se la motive tal cual lo establece la Constitución... no estando motivada dicha resolución es ineficaz como tal”, recalcó Salazar. PVC

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