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Replica. Solicitada por el Consejo de la Judicatura

En las ediciones impresa y digital del diario Expreso del 11 de julio de 2016, se publica la nota titulada “Judicatura regulará el pago de costas”.

En el último párrafo de la nota, la periodista escribe: “Paralelamente, explicó Andrade, se iniciaron conversaciones con los abogados de las provincias que fueron invitados a los conversatorios. Hubo, dijo ella, 10 reuniones con jueces y los abogados del Foro (cercano al Gobierno) enviaron sugerencias en la plataforma habilitada por la Judicatura”.

Ante esta afirmación, debo aclarar que la referencia que consta entre paréntesis y que señala que los abogados que son parte del Foro, son cercanos al Gobierno, es falsa.

El art. 324 numeral 3 del Código Orgánico de la Función Judicial expedido el 9 de marzo de 2009, señala: “Requisitos para el patrocinio.- Para patrocinar se requiere (...) 3. Formar parte del Foro mediante su incorporación al registro que, al efecto, mantendrá el Consejo de la Judicatura, a través de las direcciones regionales”.

El artículo 325 ibídem señala: “Las direcciones regionales del Consejo de la Judicatura llevarán un libro, en el que se inscribirán por orden cronológico los nombres de todos las abogadas y abogados de la República que se hayan incorporado al Foro (...)”. Es decir, la inscripción en el Foro de Abogados es un requisito para el patrocinio, que nada tiene que ver con la afinidad o no de los abogados con el Gobierno.

El Consejo de la Judicatura ha recibido la inscripción en el Foro de 54.289 abogados a nivel nacional, quienes recibieron la invitación a participar en la construcción del proyecto de reglamento para la fijación de montos de costas procesales a través de la herramienta web diseñada para el efecto, sin considerar si son o no cercanos al Gobierno.

En virtud de estas consideraciones y con base en los artículos 22 y 23 de la Ley de Comunicación, solicito a usted se disponga la rectificación del caso, en los mismos espacios en que fue difundida la noticia original.

Ab. Patricia Andrade B.

Escuela Función Judicial