
La purificacion en la justicia indigena
Ortiga, agua helada... son las sanciones que se aplican por cometer delitos. El objetivo: liberarlos de las malas energías.
Fue atado a un poste de alumbrado público. Desnudo. 10 grados centígrados. El hombre, de 43 años, tenía los ojos vendados... Entonces, empezó la sanción: ortiga en las piernas, látigo en la espalda, agua helada en el cuerpo. Una y otra vez. Sin parar. Su delito: haber robado unos 65 dólares en una tienda de abarrotes. Así funciona la justicia indígena. Y no es un castigo, es “purificación”.
Ocurrió en junio, en el centro de la Plaza de los Ponchos en Otavalo (Imbabura)... Pero un hecho más reciente ha convulsionado las redes sociales. Las espaldas, glúteos y piernas de tres venezolanos quedaron marcados por los latigazos con ortiga que recibieron en Peguche por el supuesto robo de un vehículo. Tras este episodio, este Diario fue en busca de las normas y procedimientos para sancionar a los indígenas (y mestizos -o extranjeros- que están en su jurisdicción) cuando han cometido un delito. ¿Existen? Sí.
No es un sistema que recién aparece, dice Rocío Cachimuel, presidenta de la Federación de Pueblos Quichua de la Sierra Norte del Ecuador. Así solucionaban los conflictos sus ancestros. Hace mucho. Pero fue en realidad en la Constitución de 1998 cuando se reconoció por primera vez la justicia indígena como un derecho colectivo.
Diez años más tarde, en 2008, dice Cachimuel, en la Carta Magna se estableció que en el Ecuador existen dos sistemas de justicia: indígena y ordinaria en el mismo nivel jerárquico. “Esto significa que las autoridades indígenas pueden conocer y resolver todos los casos que se presenten en sus territorios”. Todos. Desde conflictos pequeños hasta violaciones y asesinatos, señala.
Pero... en 2010 ocurrió un crimen en Cotopaxi. El caso de La Cocha 2 entró en conflictos de competencia porque la justicia ordinaria intervino. ¿Cuál debía resolver?, fue la pregunta que le hicieron a la Corte Constitucional. Cuatro años después, el máximo órgano de justicia estableció que los casos que tengan relación contra la vida de las personas serán conocidos por la justicia ordinaria y no por la indígena.
- ¿Se cumple?, le preguntamos a la presidenta.
- “En la práctica nosotros seguimos conociendo y resolviendo todos los casos que se presenten”, responde. [Aunque algunos no los pueden conocer porque para inscribir el fallecimiento de una persona es necesario el examen médico legal en el Registro Civil; las resoluciones de la justicia indígena no son reconocidas por esta entidad, dice.
Mayo, 2019. Un hombre fue expuesto frente a toda la comunidad en Cachiviro (Otavalo) por haber intentado violar a una niña. Lo ortigaron, bañaron con agua helada y después lo azotaron. No fue todo. Debió hacerse cargo de los gastos de la educación de la víctima (seis años) y labor comunitaria.
- Pero, ¿quién decide cuántos latigazos debe recibir o si tiene que hacer o no trabajo comunitario?
- “Los casos se resuelven aplicando normas y procedimientos propios”, dice Cachimuel.
Eso quiere decir que en la justicia indígena no existen un código o leyes, como en la ordinaria. Cada comunidad, pueblo y nacionalidad tiene sus propias normas. ¿Quién las regula? “Tenemos autoridades, que son los gobiernos comunitarios o los cabildos... hay normas internas, reglamentos, tienen estatutos, principios, entonces esa es la base fundamental para la justicia indígena”, explica.
Sí hay un procedimiento claro: denuncia, investigación, careo (en asamblea o reunión de autoridades), resolución. “Si se cumple, no estamos vulnerando ningún derecho individual de cada persona”, señala Cachimuel. También dice que existen cinco sanciones: moral, física, económica, trabajo comunitario y la expulsión de la comunidad. “Se aplican de acuerdo a la gravedad”.
Algunas sanciones son ancestrales. Desde sus abuelos, que han venido ejerciendo y han aplicado, por ejemplo, la moral, la física (los latigazos, los baños con agua y ortiga). Aunque reconoce que en los territorios indígenas han aparecido conflictos que antes no los había: narcotráfico, violaciones... y lo que ha hecho la justicia indígena es acoplarse a estos nuevos delitos. Para ello se han buscado mecanismos) mucho más fuertes: más labor comunitaria, suma económica...
Eso sí, al baño con agua y ortiga no le llaman castigo. Es un acto de purificación. Según la creencia indígena, sirve para lavar el cuerpo y también sanarlo de las malas energías. Y eso fue lo que ocurrió con el hombre acusado de robar 65 dólares en la tienda de víveres. Para tomar esta decisión, los dirigentes del cabildo Kichwa de Otavalo instalaron una asamblea para investigar y deliberar la sanción que iba a recibir el detenido. Su presidente Rumiñahui Jimbo dejó clara su competencia en este caso, el cual fue solucionado en menos de seis horas.
Y para resolver los conflictos graves, explica la presidenta de la Federación de Pueblos Quichua, se hace en una asamblea que puede durar tres, cuatro días... hasta lograr una solución.
No cabe en sus normas la prisión. Explica que uno de los derechos que más se garantiza en la justicia indígena es el de la libertad. “Hemos analizado que el sistema de rehabilitación social, en términos generales, no garantiza de ninguna forma una rehabilitación de las personas que están en prisión”.
- Cuando el agresor es de la comunidad indígena y la víctima, mestiza, ¿qué justicia interviene?
- Depende de la jurisdicción. Es decir, depende del territorio. Por ejemplo, si en una comunidad están involucrados un mestizo y un indígena, interviene la justicia indígena. Es como en la justicia ordinaria, ellos también definen el territorio. Y lo seguirán haciendo.
Los expertos
Ramiro Román, abogado penalista y experto en Derechos Humanos: “Tienen su manera de actuar”
Ramiro Román, abogado penalista y experto en Derechos Humanos, explica que los métodos contrarios a la voluntad de la persona y causen violencia se va a violar el derecho humano. Sin embargo, en la justicia indígena es importante analizar el efecto cultura. Dentro de la teoría de la pena, ellos tienen su manera de actuar: baños de agua helada, ortiga... Y hay una explicación: ellos tienen el llamado “regreso” que cuando ellos imponen una sanción establecen el regreso de esa persona a la sociedad indígena.
Antonio Gagliardo, exmagistrado de la Corte Constitucional: “Ellos no creen en la cárcel”
Antonio Gagliardo, exmagistrado de la Corte Constitucional, dice que es importante pensar de acuerdo a su cosmovisión. Para ellos es volver a una persona a su estado natural, “nosotros, el mundo occidental, conocemos como tortura”, pero en los indígenas eso es una purificación. Ellos no creen en la cárcel, sino en la composición. Eso sí, lo que no acepta el mundo occidental es el tema de la muerte, y ahí viene la defensa de los derechos humanos.