Imagen referencial. El expolicía disparó a su expareja dentro del auto que ella conducía, cuando transitaba por el norte de Quito.
Imagen referencial. El expolicía disparó a su expareja dentro del auto que ella conducía, cuando transitaba por el norte de Quito.Foto: Pixabay

Sentencia máxima a expolicía por perpetrar femicidio con arma de dotación en Quito

El exagente fue hallado culpable del delito de femicidio, tras atacar a la víctima en su auto

Un Tribunal de Pichincha dictó la sentencia máxima de 34 años y ocho meses de cárcel contra el expolicía Jonathan Trávez, como autor del femicidio de su expareja, Katherine Cingaña, informó la Fiscalía este 29 de abril de 2024.

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El ahora sentenciado fue hallado culpable del delito de femicidio, por haber disparado dos veces con su arma de dotación contra la víctima, luego de abordar el auto que ella conducía en el sector de El Labrador, norte de Quito.

El día del femicidio, el 3 de mayo de 2023, el exagente salió de su oficina en la Comandancia de Policía y acudió al sitio de trabajo de la víctima. Se embarcó en el auto que ella conducía y le disparó en el interior del vehículo. Cingaña, herida, pidió ayuda a los vendedores de la avenida 10 de Agosto y unos policías que transitaban por el lugar notaron el hecho. 

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Trávez les dijo que habían sido atacados durante un atentado, pero no había impactos de proyectiles en la carrocería, por lo que "los argumentos de la Fiscalía fueron irrefutables", señaló el Ministerio Público en un comunicado.

Según explicó el fiscal de la Dirección de Derechos Humanos en la audiencia, Trávez era policía en servicio activo cuando atacó a su expareja. Él mantuvo un nexo sentimental con la víctima "caracterizada por una relación inequitativa de poder que el ya sentenciado infringía sobre ella, lo que fue sustentado con una pericia de contexto de género". La práctica concluyó que el exuniformado ejerció sobre Cingaña violencia física, psicológica y económica.

El Ministerio Público presentó como una de las pruebas contra Trávez una autopsia psicológica, que reveló que la unión de hecho con el ahora sentenciado le generó estrés postraumático a la víctima.

Pena máxima por femicidio

En este caso se aplicó la pena máxima por el femicidio debido a que entre el procesado y la víctima había una relación de intimidad. 

La Fiscalía explicó que en este caso se incrementó en un tercio su máximo porque Trávez se aprovechó de las condiciones de la víctima que implicaban indefensión y de que era un servidor público para el cometimiento del delito.

Además, su conducta encaja como uno de los tipos de violencia establecidos en la Ley para erradicar la violencia contra las mujeres, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

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