“El linchamiento mediatico tiene que ser producido en concertacion”

El exministro de Educación trata de que se sancione a diario EXPRESO. Este personaje dice que no tiene responsabilidad en los ocultamiento de denuncias contra abusadores de menores y que deben responder otros de menor jerarquía, así también respondió en la destrucción de locales escolares por el terremoto y que no contaban con seguro. Si bien consta el linchamiento en la Ley de Comunicación (art. 26) no es menos cierto que su definición es en Ecuador sin respetar el art. 18.1 de la Constitución de la República, el mismo que establece que tenemos derecho a buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información veraz, verificada, oportuna, contextualizada, plural, sin censura previa acerca de los hechos, acontecimientos y procesos de interés general, y con responsabilidad ulterior.

Por lo que la Ley de Comunicación es ambigua y discrecional absolutamente. Para que haya linchamiento mediático, esta tiene que ser producida de forma concertada y publicada reiterativamente. También se debería establecer la diferencia en lo público y en lo privado. La palabra que asegura el cometimiento de la supuesta infracción es “reiterativo”, es decir la repetición de un mismo elemento y nunca he leído un “ra,ra, ra”.

Ab. Franklin Lituma Manzo