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La presidenta del CPCCS, Sofía Almeida, defendió la destitución ejecutada por el organismo en julio de 2018.Cortesía

La justicia retira temporalmente el blindaje a la presidenta del CPCCS, Sofía Almeida

Una jueza de Samborondón revocó las medidas cautelares que impedían al pleno abordar la moción para remover del cargo a la titular del Consejo

Tal como se lo otorgó, se lo arrebató. Larissa Ibarra Lamilla, jueza multicompetente del cantón Samborondón, revocó temporalmente la medida cautelar expedida por la jueza del mismo cantón, Karly Vargas, que impedía al pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social tratar la remoción del cargo de presidenta de Sofía Almeida, por considerarlo una facultad de la Asamblea Nacional.

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El consejero Hernán Ulloa interpuso una acción de protección en contra de dichas medidas cautelares ahora revocadas. A criterio de la jueza Ibarra, la presentación de una moción por parte de miembros de un órgano colegiado para que se tramite y decida la remoción de una persona en el cargo que ejerce, “es una conducta legitimada por la Constitución, y la ley para hacerlo es un procedimiento constitucional y legal que no tiene la apariencia de buen derecho que se exige para dictar una medida cautelar constitucional”.

 “El artículo 35 de la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional determina, en forma precisa, que procede la revocatoria de la medida cautelar dictada cuando se demuestre que no tenía fundamento, lo que en este caso sucede, pues no se cumple con la exigencia que prescribe el artículo 33 de la misma ley que, para dictarla, debe “por la sola descripción de los hechos” evidenciarse que se pueden violar derechos”, reza parte del fallo.

La magistrada convoca a las partes a una audiencia mañana, a las 09:30, en la Unidad Judicial de Samborondón para que presenten sus argumentos y tomar una decisión.