Jorge Glas presentó una acción de protección para viajar a México, pero fue inadmitida
El exvicepresidente presentó una acción de protección en la que alegó que México no solo le otorgó asilo, sino que también solicitó su excarcelación.Expreso

Glas presentó una acción de protección para viajar a México, pero fue inadmitida

El exvicepresidente Jorge Glas solicitó un salvoconducto para llegar a México; país que le dio asilo y pide su excarcelación

Quiere ir al país de AMLO. El exvicepresidente sentenciado Jorge Glas Espinel presentó una acción de protección ante la justicia ecuatoriana solicitando un salvoconducto para viajar a México. Sin embargo, su petición fue inadmitida el jueves 25 de septiembre. Glas argumentó que el Estado ecuatoriano no ha emitido ningún pronunciamiento sobre su solicitud de salvoconducto.

El exvicepresidente Jorge Glas en una foto de archivo.

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La acción de protección fue dirigida contra el presidente Daniel Noboa, la ministra de Relaciones Exteriores, María Gabriela Sommerfeld, y el procurador general del Estado, Juan Carlos Larrea.

Según documentos de la Función Judicial, Glas alegó en su petición que el 5 de agosto de 2024, el gobierno de México envió formalmente una solicitud a Ecuador para emitir un salvoconducto a su favor, dado que es beneficiario de asilo diplomático. Esta solicitud se basa en el artículo XIX de la Convención de Caracas de 1954 y fue transmitida a través del gobierno de Suiza, que actúa como potencia protectora de los intereses mexicanos.

MÉXICO PIDIÓ EXCARCELACIÓN

Además, la defensa de Glas alegó en su petición que México no solo le concedió asilo, sino que también solicitó su traslado y medidas humanitarias para garantizar su excarcelación y custodia en un lugar seguro, debido a su estado de salud.

La acción de protección fue inadmitida porque el juzgador consideró que no era competente para conocer el caso, ya que los hechos alegados ocurrieron en Quito, mientras que la solicitud se presentó en otro cantón. Su resolución se basó en una sentencia de la Corte Constitucional, que establece que, aunque la acción de protección es un mecanismo para salvaguardar derechos Constitucionales, debe respetar "las normas procesales y la competencia territorial correspondiente".

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