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Diario Expreso Ecuador

Equipo informático inquieta a Comisión Ciudadana conformada para la selección del nuevo Defensor Público

Se prepara un paquete de consultas al pleno del Consejo de Participación. Esperan que se absuelvan todas las dudas para seguir con el trámite

Encuentro. La reunión de la Comisión Ciudadana se celebró a través de medios virtuales.

Encuentro. La reunión de la Comisión Ciudadana se celebró a través de medios virtuales.Cortesía

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La conformación de un equipo informático externo al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) es una de las preocupaciones que tiene la Comisión Ciudadana de Selección de la primera autoridad de la Defensoría Pública.

Los comisionados se reunieron el 3 de noviembre de 2022, de forma virtual, para analizar el reglamento que se aplicará en esta designación. William Falconí, que preside esta comisión, señaló que si bien la normativa está bastante clara, en términos generales, en lo relativo al mecanismo para conformar ese equipo informático, aún habrían cosas “oscuras”.

En los próximos días, los comisionados presentarán sus observaciones y sugerencias para elaborar un documento con el pedido de aclaración al pleno del CPCCS para que este absuelva los vacíos legales que puedan existir y el concurso se desarrolle con una norma clara.

El martes 1 de noviembre, los consejeros de Participación aprobaron el texto de la convocatoria al concurso de méritos y oposición para la designación de la primera autoridad de la Defensoría Pública que fue elaborado por esta Comisión Ciudadana de Selección.

Además, se dio luz verde a los documentos habilitantes para la inscripción de los postulantes como son: el formato único de declaración juramentada, el formulario único de postulación y el formato de la hoja de vida, que deberán ser publicados en el sitio web del CPCCS desde el momento de la convocatoria.

Entre los requisitos están ser ecuatoriano en goce de los derechos políticos; tener título de tercer nivel en Derecho, legalmente reconocido en el país; y haber ejercido con idoneidad y probidad notorias la profesión de abogado, la judicatura o la docencia universitaria por un lapso mínimo de diez años.

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