Ecuador, Estado de derecho

El contrato suscrito entre el Ministerio de Ambiente con el Issfa en el año 2010, mediante el cual se realizó la venta de 220 hectáreas de terreno de su propiedad, ubicadas en Los Samanes, ha originado un gran escándalo nacional, porque se considera que ha habido un sobreprecio en el valor de la compraventa, ya que se afirma que el valor que se pagó debería haber sido de acuerdo con el precio determinado por el Municipio y no por la Dinac.

Tratar de debatir este caso con una perspectiva que no sea la jurídica, es distorsionar los hechos. En primer lugar, el principio jurídico que dice que el contrato es ley para las partes, prevalece en este caso. Si alguna irregularidad se encontró en el contrato, el único camino que hay para solucionarlo es la vía judicial. Cualquiera de las partes contratantes está en pleno derecho de acudir ante los tribunales de justicia del país a plantear la reclamación que estimare conveniente, pues al actuar de otra manera se atenta contra el debido proceso.

No estamos en capacidad, por razones obvias, para conocer si en el contrato en referencia hay errores de hecho, de derecho, de buena fe o como quiera llamarse. Por este motivo ratificamos que la única manera de dejar sin efecto la compraventa de los terrenos antes mencionados, con el argumento de lo que se llama en derecho “lesión enorme”, que consiste en que el justo precio sea inferior a la mitad del precio pagado, debió haber sido por medio de la administración de justicia.

Algo que inquieta es el hecho de que luego de haber transcurrido seis años de haberse suscrito el contrato, recién hoy se haya procedido a su rectificación, en la forma en la que se lo ha hecho. Jurídicamente, de ser esta la razón para declarar sin efecto el contrato, hay que tomar en cuenta que el artículo 1836 del Código Civil dispone que la acción por lesión enorme expira en cuatro años contados desde la fecha del contrato.

Por donde se mire este caso tan delicado, se llega a la conclusión de que solamente puede solucionarse por la vía judicial. Recordemos que el Ecuador es un Estado de derecho.

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