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Diario Expreso Ecuador

Más de 789.000 contribuyentes pasan a formar parte del Rimpe

Este nuevo régimen lo integran emprendedores y negocios populares. Desde enero de este año deben pagar hasta un 2% de IR y someterse a nuevas reglas

Un total de 645.887 negocios populares están en este régimen, según el primer catastro publicado.

Un total de 645.887 negocios populares están en este régimen, según el primer catastro publicado.Archivo / Expreso

Lisbeth Zumba
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Las obligaciones para los pequeños contribuyentes de país son otras. A partir de este nuevo año pasaron a formar parte del Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe). Según el primer catastro, publicado por el Servicio de Rentas Internas (SRI), bajo esta modalidad están 143.919 emprendimientos y 645.887 negocios que por su baja facturación son considerados populares.

Estos sectores, que antes formaban parte del RISE y el Régimen Impositivo para Microempresas, ahora deberán acogerse a las nuevas normas del Rimpe, creado en la Ley de Desarrollo Económico y de Sostenibilidad Fiscal, que está en vigencia desde noviembre pasado. Su traslado fue automático y lo incluyen emprendedores: personas naturales y jurídicas con ingresos brutos anuales de hasta $ 300.000 (al 31 de diciembre del año anterior) y negocios populares: personas naturales con ingresos brutos anuales de hasta USD 20.000 ( al 31 de diciembre del año anterior).

Si está bajo esos parámetros, estas son las principales reformas que debe conoce y adoptar:

  • LA VIGENCIA.

-Este régimen tendrá una vigencia de 3 años.

-Los negocios populares estarán en el RIMPE mientras conserven dicha condición.

-Todo sujeto que se inscriba en el RUC a partir del 01 de enero de 2022 (salvo en casos de exclusiones) estará dentro del RIMPE. En el caso de que en el primer año el sujeto supere los $ 300.000 de ingresos brutos se someterá al régimen general desde el siguiente año.

  • IMPUESTO A LA RENTA

Antes quienes estaban en el RISE hacían pagos de cuotas mensuales, ahora será el pago de una cuota anual que es el IR y se pagará en marzo de cada año.

El impuesto que se pagará es hasta el 2%. Este se gravará según una tabla progresiva, que va incrementando en cada tramo. Su pago va desde los $ 60 anuales hasta los $ 2.797,52. Ver gráfico.

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  • DEBERES FORMALES

-Llevar un registro de ingresos y gastos si así lo dispone la normativa.

-Emitir comprobantes de venta. En el caso de los negocios populares emitirán notas de venta.

-No son agentes de retención, excepto lo previsto en el art. 92 numeral 2 del Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.

-Los negocios populares en ningún caso actuarán como agentes de retención.

  • EXCLUSIONES

No estarán sujetas a este régimen las siguientes actividades:

-Actividades del art. 28 y 29 LRTI (Contratos de construcción y urbanización, lotización, etc).

-Actividades profesionales, mandatos y representaciones.

-Transporte.

-Actividades agropecuarias.

-Comercializadoras de combustible.

-Relación de dependencia.

-Rentas de capital.

-Regímenes especiales.

-Receptores de inversión extranjera directa y actividades en asociación pública-privada.

-Sector de hidrocarburos, minería, petroquímica, laboratorios médicos y farmacéuticas, industrias básicas, financiero, seguros y Economía Popular y Solidaria.

-Tampoco estarán sujetos al Régimen quienes hayan recibido ingresos brutos superiores a USD 300.000 en el año anterior.

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