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El presidente Lenín Moreno deberá pronunciarse, antes de que finalice este mes, sobre la Ley de Extinción de Dominio que fue aprobada por la Asamblea Nacional.EFE

El dilema de la Ley de Extinción de Dominio

La norma ha sumado cuestionamientos desde su aprobación en la Asamblea.  Al Ejecutivo le restan aún dos semanas para pronunciarse

El tiempo para que la Función Ejecutiva se pronuncie sobre la Ley de Extinción de Dominio que fue aprobada por la Asamblea Nacional el 19 de enero pasado, se acorta. Al presidente Lenín Moreno le quedan algo más de dos semanas para aprobar o vetar total o parcialmente la propuesta, pero la resolución podría llegar incluso antes.

Hay expectativa por conocer el camino que tomará el primer mandatario sobre una ley que, según los expertos, está llena de “buenas intenciones” para luchar contra la corrupción, pero, a la vez, acumula cuestionamientos porque tal como está redactada violaría preceptos de la Constitución.

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El abogado constitucionalista Ismael Quintana identifica al menos tres vicios de inconstitucionalidad en la normativa aprobada por amplia mayoría en el Legislativo.

La primera es la denominada retrospectividad que para el especialista no es otra cosa que la retroactividad “camuflada” que viola la seguridad jurídica, porque se estaría aplicando una ley posterior a hechos ocurridos de modo previo.

Le sigue la imprescriptibilidad aprobada por los legisladores, pese a que ni la Constitución ni el Código Civil incluyen a la extinción de dominio dentro de la lista de delitos que pueden ser perseguidos sin importar la temporalidad en los que fueron cometidos.

Además, de la inclusión en la norma de la denominada autonomía del proceso lo que implicaría que para iniciar el proceso de embargo de bienes sospechosos de tener un origen ilícito no será necesaria una condena ejecutoriada previa por delitos de concusión, cohecho, peculado o cualquier delito relacionado con corrupción.

“Todo esto lleva a que la ley, como está planteada, viole el principio de presunción de inocencia y se vuelva confiscatoria, algo que está prohibido por la Constitución. Me imagino que en la Presidencia sí se estarán planteando qué pasa con una persona a la que se le ratifica su inocencia en un caso de cohecho, pero sin condena ya le han retirado sus bienes”, reflexionó Quintana.

Previo a la votación de la Ley de Extinción de Dominio la asambleístas Noralma Zambrano, de Alianza PAIS, presentó un texto alternativo para la eliminación de retrospectividad e imprescriptibilidad del proyecto, pero no tuvo éxito. La normativa fue aprobada con 131 votos.

El constitucionalista André Benavides explicó los caminos que podría tomar el presidente Moreno frente a la ley que dice ni siquiera se puede determinar si se trata de una legislación de tipo penal, civil o administrativo.

El Ejecutivo podría vetarla parcialmente y proponer textos alternativos para los artículos en los que no haya un acuerdo. En ese caso la Asamblea tendrá 30 días para pronunciarse ratificando lo aprobado o allanándose a la sugerencia de la Presidencia.

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Lo otro es que Moreno vete parcialmente el proyecto, pero además demande la inconstitucionalidad para que la Corte Constitucional (CC) se pronuncie al respecto. “El tercer escenario, que sería grave, es que el primer mandatario presente una objeción total a la propuesta y en ese caso se lo archiva y la Asamblea no podría abordar el tema en un año. Pensaría que el Ejecutivo tomará la segunda opción”, concluyó Benavides.

Funciones alteradas

Los especialistas también cuestionan las nuevas potestades que se otorgan a la Fiscalía General del Estado con esta nueva normativa.

Quintana señaló que la Fiscalía no es órgano competente para revisar los patrimonios de los servidores públicos o las personas privadas que manejan recursos públicos, competencias que son de Contraloría.

Sin embargo, la norma da luz verde para la investigación sobre los montos de patrimonio.