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Diario Expreso Ecuador

Intimidar jueces

El Consejo de la Judicatura puede sancionar jueces, pero abrir un proceso al juez que iba a procesar a un vocal constituyó un acto delictivo de intimidación

Antes de que se instale la audiencia en la que debía formularse cargos a la vocal Barreno, se montó un esquema de intimidación en contra del juez de la causa, Walter Macías.

Antes de que se instale la audiencia en la que debía formularse cargos a la vocal Barreno, se montó un esquema de intimidación en contra del juez de la causa, Walter Macías.Archivo Expreso

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Intimidar jueces es delito. Obstrucción a la justicia se llama y lo comete quien “mediante… …amenazas o intimidación en todo tipo de procesos judiciales interfiera ilegítimamente en la libertad de actuación de jueces…” (COIP, art. 270.1, 3º). Intimidar es causar miedo. Y como el miedo es bien libre, las formas de intimidar pueden ser variopintas, y en muchos casos dependen de la fortaleza (o debilidad) moral del destinatario.

Hay un precedente reciente. Se trata del proceso por obstrucción a la justicia a los exmiembros del Consejo de la Judicatura Wilman Terán y Maribel Barreno, cuya sentencia escrita fue emitida el pasado 17 de julio (17721202300025G). El antecedente del caso fue que la Fiscalía había procesado a Barreno por tráfico de influencias y que, antes de que se instale la audiencia en la que debía formulársele los cargos, se montó un esquema de intimidación en contra del juez de la causa, Walter Macías.

Delito aunque no se logre el cometido

Según la sentencia, a partir de la convocatoria a esa audiencia “existieron reuniones para planificar y desarrollar la suspensión y destitución del Juez Macías” y que eso se concretó, en lo esencial, mediante “denuncias administrativas disciplinarias… …que tienen apariencia de legalidad y legitimidad [pero que] presentan un trasfondo del esquema de intimidación en relación al proceso penal de tráfico de influencias, interfiriendo en la libertad de actuación del juez Macías”.

Queda claro el asunto. Más allá de que el Consejo de la Judicatura tenga facultades para sancionar jueces, abrir coincidentemente un proceso disciplinario a quien estaba por procesar a uno de sus vocales constituyó un delictivo acto de intimidación.

También dice la referida sentencia que aquel delito no requiere “que la interferencia logre efectivamente que el juez actúe de una manera determinada o que se altere el resultado de un proceso, basta con la acción de interferir”. Por inventarme, que alguien del Consejo de la Judicatura, o algún operador fantasma en su nombre, presione a un juez para que altere una decisión por tomar.

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