Contratos por coimas: danos

El 6 de diciembre pasado un tribunal en Bogotá declaró probados los “hechos de corrupción” (sobornos) “para la adjudicación, ejecución y modificación del Contrato de Concesión [del sector 2 del Proyecto Vial Ruta del Sol], del 14 de enero de 2010”.

Como consecuencia, declaró solidariamente responsables, de los daños causados por violación de los derechos colectivos a la (i) moralidad administrativa, (ii) defensa del patrimonio público, (iii) acceso a los servicios públicos con prestación eficiente y oportuna, y (iv) a la libre competencia económica, no solo a las personas naturales que recibieron o aprobaron el pago de coimas (funcionarios y particulares) sino también a la contratista (Concesionaria Ruta del Sol) y a sus socios, Odebrecht y dos firmas colombianas, una de las cuales forma parte del principal conglomerado empresarial, el Grupo Sarmiento (ps. 358 y 359).

El monto de los daños a pagar es USD 252 millones, habiendo las coimas sido de USD 11 millones. Es muy claro entonces, como fluye no solo de la sentencia sino hasta de la lógica, que los daños de los contratos con corrupción no pueden equipararse al de la coima, conveniente y estulta “tesis” que fue sostenida, aquí en el paisito, por el anterior procurador del Estado, precisamente en el caso Odebrecht/Glas.

A más de la coima (considerada como perjuicio por haber sido contabilizada como costo del proyecto), el tribunal colombiano calculó los daños causados por otros rubros, como el mayor precio del contrato (comparado con el ofrecido por los competidores corruptamente descalificados de la licitación), y, muy importante, “la mora en la entrega de la vía en un nivel 3G”, que comprende los perjuicios generales causados a la economía por no poder contar en el tiempo esperado con la obra. Solo por este último rubro se calculó el perjuicio en más de USD 130 millones. Esa sentencia no fue dictada en un proceso penal. Lo fue al decidir una “acción popular” en defensa de derechos colectivos planteada por el Procurador General de la Nación. Esa acción es muy similar a nuestra acción de protección. ¿Capito?