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Juicio. Alecksey Mosquera durante el juzgamiento cumplido en la Corte.
Alecksey Mosquera fue condenado y ya está en libertad.archivo

Condenados por corrupción, en libertad y sin devolver lo robado

Las penas no se cumplen por completo. Hay voces que exigen que los beneficios penitenciarios apliquen solo después de la reparación económica

Los beneficios penitenciarios concedidos a sentenciados por actos de corrupción, que han evitado el cumplimiento completo de las penas, han generado desazón en distintos sectores.

Y no solo va por ese tema sino por los pocos resultados en la recuperación del dinero de la corrupción en casos como Petroecuador, Odebrecht o Sobornos. La liberación de Alecksey Mosquera, exministro de Electricidad de Rafael Correa, condenado a cinco años de cárcel por lavado de activos, tras recibir régimen semiabierto de parte de un juez de Azuay, fue cuestionada.

Por ejemplo, el exasambleísta César Montúfar cree que las prelibertades y régimen semiabierto otorgados, son “una barbaridad. Ellos no pueden acceder a ningún beneficio, pues no han cumplido la reparación”.

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Según las estimaciones de Montúfar, producto de, al menos seis sentencias ejecutoriadas, el Estado debió recuperar casi 80 millones de dólares.

Uno de esos casos es el de Mosquera, que recuperó su libertad el 31 de julio. Cumplía su condena en el Centro de Rehabilitación Turi, en Cuenca. El juez dispuso que se le coloque un dispositivo electrónico y que el beneficiado cumpla con medidas de restricción que le imponga el centro carcelario.

En la sentencia se impuso a Mosquera y otros condenados en ese caso al pago de una multa equivalente al duplo del monto de los activos del delito (un millón) que deberán pagarlos solidariamente.

Montúfar calcula solo en este caso dos millones. Los recursos aún no se recuperan. Según la Procuraduría, el monto de recuperación es de un millón de dólares. El proceso tiene cuatro fases. La causa está en la primera, que es la investigación sobre bienes. Los siguientes pasos son: pedido de ejecución, mandamiento de ejecución y embargo y retención. La Procuraduría interviene en varias acciones para recuperar al menos 89,3 millones de dólares.

Son 16 los casos en los que el organismo ha presentado acusación particular. Entre ellos Sobornos, Alejandra Vicuña, Norma Vallejo, Secom 1 y 2, Fernando Alvarado, Iván Espinel, Campo Singue, María Larrea y otros.

La recuperación de recursos es compleja. El procurador Íñigo Salvador destaca que el procedimiento de ejecución está previsto en el Código General de Procesos (Cogep) desde el artículo 362 a 413. Explica que la fase de identificación de activos suele ser la más farragosa, pues generalmente están en nombre de terceros, cuando no directamente fuera del país.

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Miguel Revelo es el abogado del exministro de Hidrocarburos Carlos Pareja Yannuzzelli, quien ha recibido al menos cinco condenas por corrupción en Petroecuador. Según la información de la Procuraduría, el monto de reparación de Pareja se fijó en 12,6 millones de dólares y la pena pecuniaria en 37,8 millones de dólares.

Opina el abogado que nada tienen que ver los regímenes semiabiertos y las prelibertades con las reparaciones integrales. Indica que lo primero tiene que ver con la rehabilitación social del individuo en la sociedad y lo segundo es una deuda que se debe, ya sea al Estado o al acusador particular. Agrega que la ley es perfecta para el cobro de lo adeudado, “las personas son las que no conocen la disposición y no realizan a tiempo su labor”.

El activista y periodista Fernando Villavicencio divide los montos de perjuicios en: corrupción directa: sobornos, coimas y sobreprecios, y la invisibilizada como el lucro cesante.

En la línea de la corrupción directa menciona que serían de 35 a 40 mil millones de dólares y 35 mil millones que aún no se han calculado, en casos del lucro cesante. Una estimación del Banco Interamericano de Desarrollo habría calculado en 70.000 millones de dólares el perjuicio por corrupción.

La Procuraduría indicó que actúa como acusadora particular cuando el Estado es víctima de una infracción y según establece el Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Menciona, por ejemplo, la fallida repotenciación de la Refinería de Esmeraldas y la fallida construcción de la Refinería del Pacífico que provoca el gasto de 4.000 millones anuales por importación de combustibles cuando el objetivo era garantizar autosuficiencia energética.

La recuperación de los dineros por hechos de corrupción sigue siendo una deuda que se mantiene en el país. Varios hechos se han dado en el Ecuador y han involucrado a funcionarios públicos y gente cercana a los gobiernos, quienes han sido condenados, pero que, por buena conducta se han acogido a la reducción de la pena, pero los recursos no se recuperaron.

El caso de Mosquera, primer detenido y sentenciado por el caso Odebrecht, no sería el único. En la lista de obtener prelibertad se encuentran Marco Calvopiña, Jorge Glas, su tío Ricardo Rivera, entre otros.

A Rivera se le negó el viernes un habeas data que buscaba el acceso a la información de su trámite de prelibertad presentado hace cuatro meses. Aníbal Quinde cree que su cliente ha cumplido 40 % de pena y puede acceder al beneficio. Indica que en el caso Odebrecht jamás el tribunal dispuso cuánto debería pagar cada sentenciado, solo dijo que debía ser de forma solidaria. Además, reparar integralmente no es un requisito que contempla la prelibertad, puntualiza.

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Jorge Rodríguez, exsecretario de la Comisión Anticorrupción, expresa que toda resolución o sentencia con multa, requisa, o retención de bienes, se registra en la Dirección Provincial de la Judicatura. Los directores provinciales son jueces de coactiva. Mientras que los bienes del narcotráfico pasan directamente a Inmobiliar.

Allí desaparecen por arte de magia y de los remates arreglados entre ellos”, cuestiona. Inmobiliar, mediante decreto, desaparecerá en los próximos meses y con ello “desaparecerán registros de los negociados”. En tanto que los bienes que quedan pasarán al Ministerio de Transporte, agrega.

Diego Tapia debía pagar $ 1’667.684 como reparación en un caso de corrupción de Petroecuador. La Unidad Judicial fue notificada del incumplimiento.

Los asambleístas aseguran que faltan reformas al Código Orgánico Integral Penal

Para los asambleístas de la Comisión de Justicia de la Asamblea el tema debería tratarse de forma urgente, para evitar “que salgan a disfrutar de los dineros mal habidos”, aunque no saben el cómo.

La legisladora Lourdes Cuesta cree que no se debería permitir que salgan con prelibertad quienes han sido sentenciados por corrupción.

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“Me parecería muy importante hacer una reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP) para que no puedan a cogerse a la rebaja de penas, no puedan salir con prelibertad quienes hayan sido sentenciados por hechos de corrupción”, dijo. La asambleísta cree que se está institucionalizando en el país la corrupción. “Se roban millones de dólares, se acogen a la prelibertad y salen a disfrutar de lo robado. No estamos siendo país que con la justicia ejemplifique en este tipo de situaciones”, indicó.

Esteban Torres, del PSC, es partidario que se pueda establecer una reforma al COIP para que en estos delitos, donde de por medio están recursos del Estado, no exista prelibertad. Además cree que falta un trabajo de Fiscalía. Cita por ejemplo que en Estados Unidos, la Fiscalía hace un seguimiento a las personas que salen en libertad en movimientos bancarios, como pagan sus cuentas, de dónde sale la plata, y si se demuestra que hubo algún tema que no se ventiló en el proceso, la persona vuelve a prisión.

Héctor Muñoz (SUMA) expresa que lo que se debería reformar es que en sentencia, el juez, el momento que se dictamine la culpabilidad del procesado en delitos como cohecho, peculado, enriquecimiento, entre otros, que en la misma sentencia se determine la extinción de dominio de los culpables.