El Cogep rige y acorta plazos

El Cogep rige y acorta plazos

El cuerpo legal entra en vigencia un año después de su publicación en el Registro Oficial. Así lo dispuso la Asamblea. El tiempo de vacatio lexis (periodo que transcurre desde la publicación de una norma hasta que entra en vigor) se destinó a tareas de

Desde el lunes los abuelos podrán respirar con alivio. La norma por la cual eran sujetos de apremio y prisión por el incumplimiento de sus hijos en casos de pensiones alimenticias, quedará derogada con la vigencia del nuevo Código Orgánico General de Procesos (Cogep).

El cuerpo legal entra en vigencia un año después de su publicación en el Registro Oficial. Así lo dispuso la Asamblea. El tiempo de vacatio lexis (periodo que transcurre desde la publicación de una norma hasta que entra en vigor) se destinó a tareas de capacitación y mejoras en logística y tecnología.

Hace seis meses entraron en vigencia las normas del Cogep relacionadas con los remates en línea, así como los tiempos y condiciones del abandono de procesos. Esta vez, el turno es para la aplicación de las normas operativas procesales del sistema oral. Estas se aplicarán a todas las causas no penales. Desde el lunes, las demandas que ingresen serán tramitadas con el nuevo Código.

Las que se presentaron hasta ayer serán sustanciadas con la legislación vigente a ese día, según Gustavo Jalkh, presidente del Consejo de la Judicatura.

duración del proceso

1. Con la vigencia del Cogep los procesos que demoraban cinco años o más ahora deberían resolverse hasta en siete meses, en promedio. Algunos casos podrían durar hasta un año.

oralidad

2. Significa que todo el proceso se tramitará en audiencia y en presencia de las partes. La Judicatura habilitó 938 salas de audiencia para la oralidad dispuesta en el Cogep. La carga procesal en materias no penales es de alrededor de 350.000 causas. Se han dispuesto 279 unidades judiciales no penales y 1.225 jueces para esas materias.

grabación

3. El sistema creó en el computador una carpeta denominada audiencias, donde se archivarán todas las diligencias realizadas. En esa carpeta general el sistema creará automáticamente subcarpetas con el número de cada causa. Cada archivo de la audiencia tendrá número de causa, año, mes, día, hora y tipo de audiencia.

eficiencia

4. Néstor Arbito, vocal de la Judicatura, afirma que habrá un cambio radical y el sistema judicial será mucho más eficiente. Pero reconoce que con las modificaciones no se soluciona el problema de la justicia. Él cree que no habrá solución si no se inicia con la aplicación de la oralidad y el Cogep.

vías procesales

5.Con el Cogep, las 80 vías procesales dispersas en varias normas se redujeron a cuatro: juicio ordinario, ejecutivo, verbal sumario y monitorio. Dentro de ellos habrá dos audiencias que durarán meses y operará en casos de linderos, tierras o herencias.

demanda

6. El proceso inicia con la presentación de la demanda, el anuncio de pruebas, testigos, designación del juez encargado del caso, los datos generales del demandante (ver cuadro), lo que el actor pretende que el juez declare en sentencia y la clase de procedimiento a seguir.

prueba

7. La prueba busca llevar al juzgador al convencimiento de los hechos y circunstancias controvertidos. La prueba documental se adjuntará a la demanda, aquella a la que fue imposible acceder se anunciará y la que no se mencione no se podrá introducir en la audiencia, salvo las excepciones de ley. La práctica de la prueba será de manera oral en la audiencia del juicio.

No necesitan prueba

8. Los hechos afirmados por una de las partes o admitidos por la parte contraria en la contestación de la demanda, los hechos imposibles, los notorios o públicamente evidentes y los que la ley presume de derecho.

prueba nueva

9. Se podrá solicitar prueba no anunciada en la demanda hasta antes de la convocatoria a audiencia de juicio, siempre que se acredite que no fue de conocimiento de la parte a la que beneficia o que habiéndola conocido no pudo disponer de la misma.

prueba testimonial

10 Se practicará en el juicio de forma directa, por videoconferencia o mediante otro medio de comunicación similar, con excepción de las declaraciones anticipadas. Se lleva a cabo mediante interrogatorio.