Atamaint habló del movimiento de Noboa, durante un informe de evaluación de la consulta popular y referéndum.
Atamaint habló del movimiento de Noboa, durante un informe de evaluación de la consulta popular y referéndum.Foto: Karina Defas/ EXPRESO

CNE resolverá si otorga personería jurídica a ADN, movimiento de Noboa

El Pleno resolverá la inscripción de la agrupación, entre otros 60 informes de organizaciones políticas

Habrían rebasado las firmas requeridas. Así lo aseguró Diana Atamaint, presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), este 22 de mayo de 2024, al referirse a los requisitos que presentó el movimiento de Daniel Noboa, ADN (Acción Democrática Nacional), para crear a su agrupación política.

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Durante el evento de evaluación de la consulta popular y referéndum, la titular de la Función Electoral señaló que el informe sobre la inscripción del movimiento se resolverá en el Pleno del CNE, en una reunión que se realizará la tarde de este miércoles.

"Ya cumplieron con el número de firmas, superaron el mínimo que exige la ley y han cumplido con el resto de requisitos", aseguró Atamaint. Señaló que el informe se tratará junto a otros 160 que están pendientes, en la sesión que reinstalará el Pleno.

La funcionaria contó que había un trámite pendiente del Tribunal Contencioso Electoral (TCE). "Estábamos esperando que el TCE resuelva una apelación que presentaron, no precisamente al proceso de inscripción, sino a una de una decisión nuestra de  entrega de clave que se hizo meses atrás. El Tribunal ya se pronunció y enviaron la notificación con ejecutoría", explicó.

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Con esa resolución, el Pleno, conformado por Atamaint y los consejeros Enrique Pita, Elena Nájera, José Cabrera y Esthela Acero, "tratará y resolverá si dar o no la personería jurídica al movimiento", precisó la representante de la autoridad electoral.

El CNE deberá resolver ese y los demás informes hasta el 14 de junio, para definir cuáles serán las organizaciones políticas que quedan habilitadas para las próximas elecciones de 2025.

En Ecuador, una agrupación debe presentar un registro de personas afiliadas al partido o movimiento político equivalente al 1,5% del registro electoral nacional de la última elección, entre otros requisitos, para inscribirse en el CNE. Así lo señala la entidad en su página web oficial.

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