
La autorizacion a terceros ante el SRI se hara ‘on line’
Nueve tipos de trámites se facilitarán bajo este método. Estará disponible desde septiembre.
Las cartas firmadas manualmente, para autorizar a que terceras personas puedan realizar cierto tipos de trámites ante el SRI, no serán válidas a partir del 1 de septiembre de 2019. Estas, ahora deberán gestionarse en línea.
Así lo anunció el Servicio de Rentas Internas (SRI), entidad que desde este año viene aplicando una serie de cambios para simplificar más sus procesos. La innovación, dijo el ente recaudador, ofrece una alta seguridad sobre la información personal y sobre las autorizaciones que se encuentren a nombre del contribuyente. Además ahorrará tiempo y dinero.
Pero esta autorización no se aplicará para todo, el cambio solo podrá ejecutarse en nueve tipos de trámites:
-RUC (Inscripción, actualización y suspensión o cancelación)
-Vehículos (Exoneración, reducción o rebaja de impuestos vehiculares, transferencias de dominio y otros procesos complementarios)
-Herencias, legados y donaciones (Anexo 108, información para la declaración del impuesto)
-ISD (Exoneraciones por enfermedad catastrófica y estudios en el exterior)
-Formularios (Modificación de datos de cabecera de la declaración)
-Devolución del IVA (Adultos mayores, personas con discapacidad)
-Registro de cuenta (Registro de cuenta para acreditación, autorización para débito automático)
-Cobro (Consulta de deudas, consulta de facilidades de pago, consulta de procedimientos coactivos)
-Información (Consultas generales y estado tributario)
Para acceder a la Autorización a Terceros por , los contribuyentes deben ingresar a www.sri.gob.ec opción SRI en Línea con su usuario y contraseña. El sistema permitirá escoger más de un trámite para autorizar, así como consultar el histórico de las autorizaciones generadas.