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Xavier Flores: Uno al exilio, dos muertos

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En las tres Constituciones restantes, la duración del período varió: en la Constitución de 1843 fue de 8 años, en la Constitución de 1869 fue de 6

La tradición constitucional ecuatoriana es tener un período de gobierno presidencial de cuatro años. En la única Constitución del Estado del Ecuador en la República de Colombia y en 15 de las 18 Constituciones de la República del Ecuador, el período del presidente dura cuatro años. En las tres Constituciones restantes la duración del período varió: en la Constitución de 1843 fue de ocho años, en la Constitución de 1869 fue de seis años, en la Constitución de 1979 fue de cinco años. En todas ellas, el presidente elegido para completar ese período más extenso, no pudo hacerlo.

La Constitución de 1843 fue fruto de un autogolpe de Estado. El presidente para el período 1839-1843, Juan José Flores, decidió en octubre de 1842, a pocos meses de concluir su período y por sus pistolas, la convocatoria a una asamblea constitucional (poblada de adictos suyos) que dictó la Constitución de 1843, conocida como La Carta de la Esclavitud, cuyo artículo 57 dispuso la duración de ocho años para el ejercicio de la presidencia.

La Asamblea Constitucional designó a Flores como presidente para el período 1843-1851. La Revolución marcista, originada en Guayaquil en marzo de 1845, terminó con este período de gobierno. De los ocho años proyectados para este período, Flores gobernó por casi dos años. Y en julio de 1845, se largó al exilio. Una nueva Constitución, en diciembre de 1845, tumbó esta duración excesiva.

La Constitución de 1869 fue fruto de un golpe de Estado. Gobernaba Javier Espinosa, elegido en enero de 1868 en elecciones abiertas, cuando el enero siguiente Gabriel García Moreno orquestó un golpe de Estado para obtener su regreso a la presidencia. Como jefe supremo, García Moreno convocó a una asamblea constitucional (poblada de adictos suyos) que dictó la Constitución de 1869, conocida como La Carta Negra, cuyo artículo 56 dispuso la duración de seis años (como en México) para el ejercicio de la presidencia.

La Asamblea Constitucional designó a García Moreno como presidente para el período 1869-1875. Su magnicidio el 6 de agosto de 1875, a escasos cuatro días de concluir su período, le impidió a él terminarlo y lo debió completar su vicepresidente, Francisco Javier León. Aunque sufrió la muerte de su demiurgo, el período se completó, como no lo haría ningún otro: el presidente elegido por la voluntad popular en diciembre de 1875, Antonio Borrero, no duró ni un año en el ejercicio del poder, pues cayó por un golpe de Estado orquestado por Ignacio Veintemilla. Una nueva asamblea constitucional, en 1878, acabó con el experimento del sexenio.

Concebida para la transición tras un largo período de dictaduras, la Constitución de 1979 es la única que no fue elaborada por una asamblea, sino por una comisión de expertos. Su artículo 81 dispuso que el presidente dure cinco años en el cargo. El único presidente elegido bajo esta norma fue Jaime Roldós, en 1979, para gobernar entre 1979 y 1984, quien murió en un accidente de aviación en 1981. Su período de gobierno lo completó su vicepresidente, Osvaldo Hurtado.

El experimento del quinquenio (como en Francia) fue muy breve, pues concluyó con las reformas a la Constitución aprobadas por el órgano legislativo en 1983.