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Diario Expreso Ecuador

Feriados 2026

Feriado día del trabajador: Cuánto te deben pagar si trabajas y como calcularlo

El segundo feriado largo de 2026 en Ecuador será por el Día del Trabajador, el descanso obligatorio incluye el jueves 30 de abril y el viernes 1 de mayo

El Código de Trabajo establece que las horas laboradas en días de descanso obligatorio se consideran extraordinarias y deben pagarse con un recargo del 100 %.

El Código de Trabajo establece que las horas laboradas en días de descanso obligatorio se consideran extraordinarias y deben pagarse con un recargo del 100 %.CANVA

Nadia Larco Bravo
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El Día Internacional de los Trabajadores se conmemorará en Ecuador con un feriado largo de cuatro días, desde el jueves 30 de abril hasta el domingo 3 de mayo de 2026. El presidente Daniel Noboa, mediante el Decreto Ejecutivo N.º 354, dispuso que el jueves 30 de abril sea considerado día de descanso obligatorio, tanto en el sector público como en el privado.

El viernes 1 de mayo, por su parte, es feriado nacional establecido en la Ley de Feriados, que contempla 11 días de descanso obligatorio al año. De esta manera, el asueto se extiende a cuatro jornadas consecutivas, convirtiéndose en el segundo feriado largo del año, después del Carnaval.

¿Cuánto se debe pagar si se trabaja?

El Código de Trabajo establece que las horas laboradas en días de descanso obligatorio se consideran extraordinarias y deben pagarse con un recargo del 100 %. Esto significa que cada hora trabajada en feriado se remunera al doble de la tarifa habitual.

El cálculo se realiza dividiendo el salario mensual para 240 horas (equivalentes a las horas laborables de un mes). Por ejemplo, con el salario básico unificado vigente de $482, cada hora ordinaria equivale a $2. En feriado, ese valor se duplica a $4.

  • Salario diario: $482 ÷ 30 = $16,06
  • Pago por hora normal: $16,06 ÷ 8 = $2,00
  • Pago por hora en feriado (doble): $2,00 × 2 = $4,00

Así, si un trabajador labora 8 horas el jueves 30 de abril, recibirá $32 adicionales. El mismo monto corresponde si trabaja 8 horas el viernes 1 de mayo. En total, por laborar ambos días, el pago extra sería de $64.

Diferencia con sábado y domingo

Aunque el feriado se extiende hasta el domingo 3 de mayo, solo el jueves 30 y el viernes 1 generan pago doble en caso de trabajar. El sábado 2 y domingo 3 corresponden al descanso regular del fin de semana, por lo que no implican recargo adicional, salvo que la jornada laboral habitual incluya esos días.

Es importante destacar que el cumplimiento de esta disposición es obligatorio para todos los empleadores. En caso de incumplimiento, los trabajadores pueden presentar denuncias ante el Ministerio del Trabajo, que tiene la facultad de sancionar a las empresas que no respeten los derechos laborales.

Derechos laborales y obligaciones patronales

La normativa vigente busca garantizar que los trabajadores reciban una compensación justa por laborar en días de descanso obligatorio. El pago doble es un derecho que aplica tanto en el sector público como en el privado.

Además, la Ley de Feriados y el Código de Trabajo establecen que los empleadores deben respetar los días de descanso y, en caso de requerir la presencia de sus empleados, reconocer el pago extraordinario.

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