día del trabajador
Feriado 1 de mayo 2026 ¿Cuántos días de descanso habrá en Ecuador?
l presidente Daniel Noboa decretó la suspensión de la jornada del jueves 30 de abril. El asueto obligatorio se extenderá por cuatro días

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Feriado del Día del Trabajador
- Feriado extendido de cuatro días del jueves 30 de abril al domingo 3 de mayo.
- El asueto del 30 de abril es no recuperable por disposición oficial del Gobierno.
- Un toque de queda nocturno iniciará el 3 de mayo en Pichincha y Guayas
El presidente de la República, Daniel Noboa, oficializó la suspensión de la jornada laboral para el jueves 30 de abril en todo el territorio nacional. Esta medida administrativa se empalma de manera directa con el feriado nacional del viernes 1 de mayo por el Día del Trabajo, consolidando un periodo de descanso de cuatro días consecutivos para la ciudadanía.
¿Cómo queda el calendario del feriado?
La disposición ejecutiva aplica con carácter obligatorio para los trabajadores del sector público y privado. De acuerdo con las normativas del Ministerio del Trabajo, este día adicional de descanso no será recuperable, por lo que los empleados no tendrán la obligación legal de reponer las horas correspondientes a la jornada del 30 de abril en fechas posteriores.
Tras la emisión del decreto presidencial, el cronograma de paralización de actividades para la primera semana de mayo se estructura de la siguiente manera:
- Jueves 30 de abril: Jornada suspendida por decreto (no recuperable).
- Viernes 1 de mayo: Feriado nacional por el Día del Trabajo.
- Sábado 2 de mayo: Descanso obligatorio de fin de semana.
- Domingo 3 de mayo: Descanso obligatorio de fin de semana.
Para aquellos trabajadores de sectores estratégicos, salud, seguridad o comercio que deban cumplir con su turno durante estos días, el Código de Trabajo establece el pago de jornadas extraordinarias. La ley laboral ecuatoriana señala que estas horas deben cancelarse con un recargo del 100 %, lo que equivale al doble del valor ordinario de la hora laboral.
El procedimiento legal de cálculo determina que se debe dividir el salario mensual para 240 horas laborables, obteniendo así el valor de la hora ordinaria. A este resultado se le aplica el recargo respectivo por tratarse de un día estipulado como descanso nacional, un derecho irrenunciable sin importar el tamaño o giro de negocio del empleador.
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Toque de queda al finalizar el descanso
Una vez culminado el asueto del Día del Trabajo, la movilidad de los ciudadanos quedará restringida en varias zonas del país. El Gobierno anunció la implementación de un toque de queda que entrará en vigencia a partir de las 23:00 del domingo 3 de mayo y se extenderá hasta las 05:00 del lunes 4 de mayo, una medida operativa de seguridad que se repetirá cada noche hasta el 18 de mayo.
La restricción nocturna rige para las provincias de Guayas, Pichincha, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Esmeraldas y Santo Domingo de los Tsáchilas. A esto se suman las jurisdicciones de los cantones La Maná, Las Naves, Echendía y La Troncal.