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Diario Expreso Ecuador

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Ecuador actualiza normas para transporte de baterías portátiles y de litio en aviones

La Dirección General de Aviación Civil (DGAC) informó las nuevas disposiciones sobre el transporte aéreo de mercancías peligrosas por pasajeros y tripulación

Los bancos de energía deberán transportarse exclusivamente en el equipaje de mano.

Los bancos de energía deberán transportarse exclusivamente en el equipaje de mano.CANVA

Nadia Larco Bravo
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La Dirección General de Aviación Civil (DGAC) anunció la actualización de las disposiciones relativas al transporte de mercancías peligrosas por parte de pasajeros y tripulación en Ecuador. Estas medidas, vigentes desde el 27 de marzo de 2026, buscan reforzar la seguridad operacional en el transporte aéreo, especialmente frente a los riesgos asociados a dispositivos electrónicos y baterías de litio.

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La normativa se centra en artículos de uso cotidiano como los bancos de energía (power banks) y las baterías portátiles, que si bien son indispensables para los viajeros, representan un riesgo potencial de sobrecalentamiento o incendio si no se manipulan correctamente.

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Bancos de energía y baterías de litio

Los bancos de energía, definidos como dispositivos portátiles de almacenamiento de energía para recargar equipos electrónicos, deberán transportarse exclusivamente en el equipaje de mano. La DGAC establece que:

  • No deben recargarse mientras estén a bordo de la aeronave.
  • No deben usarse para recargar aparatos electrónicos durante el vuelo.
  • Cada pasajero puede llevar un máximo de dos bancos de energía.
  • Deben estar protegidos individualmente para evitar cortocircuitos, ya sea en su embalaje original o mediante aislamiento de los bornes con cinta adhesiva o fundas plásticas.

En cuanto a las baterías de litio, se permite transportar aquellas con capacidad nominal de hasta 100 Wh. Para baterías entre 100 Wh y 160 Wh, el pasajero deberá solicitar autorización expresa al operador aéreo en el área de check-in.

Seguridad operacional en el transporte aéreo

La DGAC subraya que estas disposiciones forman parte de un esfuerzo integral para prevenir incidentes relacionados con dispositivos electrónicos. El objetivo es reducir riesgos de sobrecalentamiento, explosiones o incendios que puedan comprometer la seguridad de la aeronave y de sus ocupantes.

La autoridad aeronáutica recuerda que las normas internacionales de aviación civil establecen controles estrictos sobre mercancías peligrosas, y que Ecuador se alinea con estos estándares para garantizar un transporte seguro y confiable.

Otro artículos restringidos

Además de las restricciones específicas para bancos de energía y baterías de litio, la normativa internacional y la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) en Ecuador mantienen una lista de artículos prohibidos en los aviones por representar riesgos de seguridad. 

Entre ellos se incluyen sustancias inflamables como combustibles, pinturas y solventes, así como explosivos, fuegos artificiales y municiones. También están restringidos los gases comprimidos, como cilindros de butano o propano, que pueden generar fugas peligrosas en cabina o bodega.

Asimismo, los pasajeros no pueden transportar productos químicos corrosivos como ácidos, lejías o baterías húmedas, ni materiales tóxicos o infecciosos que puedan poner en riesgo la salud de la tripulación y los demás viajeros. Los objetos punzantes o armas blancas también están limitados, salvo en condiciones específicas de embalaje y autorización.

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