Quito

La comisión de uso de suelo realizó el informe, el mismo que actualiza los avalúos de bienes inmuebles.
La comisión de uso de suelo realizó el informe, el mismo que actualiza los avalúos de bienes inmuebles.ARCHIVO EXPRESO

Concejo aprueba ordenanza que regula la valoración de los inmuebles urbanos

Con 14 votos favorables aprobó el proyecto que se aplicará en el Distrito Metropolitano de Quito, para el periodo 2024-2025

Este jueves 14 de diciembre de 2023 el Concejo Metropolitano, aprobó con 14 votos el proyecto de ordenanza que regula la valoración de los inmuebles urbanos y rurales del Distrito Metropolitano de Quito 2024-2025.

Pabel Muñoz, alcalde de Quito, explicó que la actualización de avalúos y catastros es obligatoria, no optativa, “luego viene una discusión de impuestos prediales, franjas exentas, entre otras variables”.

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La valoración se incrementa para los avalúos: del terreno en un 8,20%; de construcciones en un 3,02%, y en adicionales constructivos en un 2,45%. En promedio, el incremento del avalúo es del 5,60%.

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Sin embargo, aclaró que su administración no tiene la pretensión de subir tasas de impuestos prediales. "Si un predio termina siendo valorado positivamente va a tener que pagar la misma tasa y seguramente un incremento, en promedio se ha visto que se puede pagar cuatro dólares", señaló.

Mientras que, si hay otros que tiene depreciación baja el impuesto predial también en porcentajes de uno a cuatro dólares.

Recalcó que patrimonios menores a 70.000 dólares no pagan impuesto predial y cuando hay viviendas de interés social hay una norma dónde da exoneración total cuando la vivienda está en sus primeros cinco años de pago y da el 50 % de exoneración cuando está entre el año seis y año diez, este tema se trató en el primer debate.

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La comisión de uso de suelo realizó el informe, el mismo que actualiza los avalúos de bienes inmuebles. Para esto se emplearon las metodologías y fórmulas de aplicación de factores que constan en la norma técnica vigente, que exige el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda.

Según el artículo 496 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) Actualización del avalúo y de los catastros.- Las municipalidades y distritos metropolitanos realizarán, en forma obligatoria, actualizaciones generales de catastros y de la valoración de la propiedad urbana y rural cada bienio. A este efecto, la dirección financiera o quien haga sus veces notificará por la prensa a los propietarios, haciéndoles conocer la realización del avalúo.

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