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Diario Expreso Ecuador

Sofía Almeida impugna la publicación de la lista oficial de candidatos al Consejo de Participación

La expresidenta del CPCCS sostiene que el Consejo Nacional Electoral (CNE) ha actuado de forma arbitraria, pese a que ella fue descalificada por el TCE

La candidatura de Sofía Almeida al CPCCS fue inicialmente calificada por el CNE, pero luego anulada por el Tribunal Contencioso Electoral.

La candidatura de Sofía Almeida al CPCCS fue inicialmente calificada por el CNE, pero luego anulada por el Tribunal Contencioso Electoral.FREDDY RODRÍGUEZ/EXPRESO

Richard Josue Jimenez Mora

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Lo que debes saber

  • Sofía Almeida recurrió al TCE tras quedar fuera de los comicios al Consejo de Participación.
  • Un juez electoral otorgó dos días de plazo a la expresidenta del CPCCS para completar su recurso.
  • La exfuncionaria sostiene que el CNE actuó sin notificarla y de forma apresurada en el proceso.

La expresidenta del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), Sofía Almeida, presentó el 1 de octubre de 2026 un recurso contencioso electoral en contra de la resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) vinculada a las candidaturas oficiales para las elecciones de noviembre. La exfuncionaria acudió ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) alegando la vulneración de sus derechos de participación, luego de que el organismo electoral dejara sin efecto su postulación tras una impugnación ciudadana.

El recurso contencioso electoral presentado por Sofía Almeida

Almeida sostiene que el Consejo Nacional Electoral (CNE) adoptó una resolución que lesionó sus derechos políticos, fundamentándose en lo establecido en el numeral 15 del artículo 269 del Código de la Democracia.

En declaraciones a EXPRESO, la exfuncionaria indicó que el recurso se sustenta en que el CNE actuó de "manera apresurada" y sin notificarla previamente. De acuerdo con sus afirmaciones, la acción legal busca que se garanticen y cumplan los procedimientos correspondientes dentro del calendario electoral nacional.

Los requisitos que la exfuncionaria debe completar ante el TCE

La causa recayó mediante sorteo en el despacho del juez electoral Guillermo Ortega, quien dispuso un plazo perentorio de dos días para que Almeida aclare y complete aspectos clave de su escrito:

  • Los nombres y la calidad formal del denunciante.
  • La especificación clara del acto administrativo o electoral denunciado.
  • La debida fundamentación jurídica del recurso.
  • El anuncio oportuno de los medios de prueba.
  • El señalamiento del lugar o casilla legal para recibir notificaciones.
  • El nombre y la firma de responsabilidad del denunciante.

En la providencia judicial se advirtió a la compareciente que, de no subsanar los puntos señalados en el lapso establecido, se aplicará el inciso tercero del artículo 245.2 del Código de la Democracia, lo que derivará en el archivo de la causa.

Los antecedentes de la revocatoria de la candidatura al CPCCS

Previamente, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) dejó sin efecto de forma unánime la inscripción de Sofía Almeida Fuentes para las elecciones de noviembre de 2026. La decisión se tomó tras acoger un recurso interpuesto por la ciudadana Paola Cristina Avendaño Revelo, al determinarse que la postulante incumplió el requisito legal de probidad notoria a raíz de su destitución previa por parte de la Corte Constitucional del Ecuador.

Ante esta determinación, Almeida calificó la resolución de arbitrariedad y cuestionó que los jueces modificaran su postura jurídica en apenas 24 horas respecto a la legitimidad de terceros para objetar candidaturas, argumentando una presunta vulneración a la seguridad jurídica, la igualdad ante la ley y el debido proceso.

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