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Diario Expreso Ecuador

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¿Mujeres embarazadas y en lactancia no están obligadas a votar? Esto decidió el CNE

El Consejo Nacional Electoral resolvió un cambio en lo que tiene que ver con la imposición de multas. Se requerirá la presentación de certificados

En Ecuador, las personas entre los 18 y 65 años de edad están obligadas a votar.

En Ecuador, las personas entre los 18 y 65 años de edad están obligadas a votar.Cortesía: CNE.

Daniel Alejandro Romero Páez

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Lo que debes saber

  • El CNE aprobó una reforma que exime de multas a mujeres desde el sexto mes de embarazo
  • La reforma también incluye a las mujeres en periodo de lactancia y se argumentó el bien superior del niño.
  • Para no pagar las multas se deberá justificar la inasistencia con certificados médicos.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó una reforma que permitirá a mujeres embarazadas y en periodo de lactancia justificar su inasistencia a obligaciones electorales sin recibir sanciones económicas. La medida aplica desde el sexto mes de gestación y durante el primer año de lactancia.

Con esta resolución, las mujeres en estas condiciones podrán evitar multas por no sufragar, no integrar juntas receptoras del voto o no asistir a las capacitaciones organizadas por el organismo electoral.

Para acceder a este beneficio deberán presentar uno de estos documentos de respaldo

  • Certificado médico en caso de embarazo
  • Certificado de nacimiento del hijo o hija durante la etapa de lactancia.

La decisión se enmarca en un contexto de ajustes de cara a los próximos procesos electorales, en particular las seccionales previstas para noviembre de 2026

En ese escenario, el CNE busca reducir barreras para grupos considerados de atención prioritaria, aunque mantiene el esquema general de sanciones para el resto de ciudadanos que incumplan sus obligaciones electorales.

En un comunicado, el órgano electoral señaló: “Con esta decisión, el CNE fortalece la protección de los derechos de las mujeres embarazadas y garantiza el interés superior de niñas y niños, en concordancia con las disposiciones constitucionales que reconocen a estos grupos como de atención prioritaria”.

¿Para quiénes es obligatorio votar?

En Ecuador, el voto es obligatorio. El Código de la Democracia establece esta obligatoriedad para todos los ciudadanos ecuatorianos entre los 18 y 65 años. Además, para jóvenes de 16 y 17 años, adultos mayores de 65 y personas privadas de libertad sin sentencia, el voto es facultativo.

Para garantizar el cumplimiento del sufragio, la misma normativa electoral impone multas. Además, quien no acuda a votar no obtendrá el certificado de votación, documento requerido para varios trámites. Las multas son las siguientes:

  • Por no votar: multa del 10 % de un salario básico unificado y aplica para quienes no justifiquen su ausencia.
  • Por no integrar la Junta Receptora del Voto: multa del 15 % de un salario básico unificado y aplica para quienes fueron designados como miembros de mesa y no asistieron.
  • Por no capacitarse: multa del 10 % del salario básico unificado y aplica para quienes fueron designados a una mesa y no acudieron a las jornadas de formación obligatorias.
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