Análisis
Contraloría y documentos secretos: las dudas que deja la reforma aprobada por la Asamblea
Lo insólito, e incluso ilegal, de lo que hizo el oficialismo en la Asamblea es que la ley que se estaba aprobando era sancionar el uso ilegal de uniformes

El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó en segundo debate la Ley para Sancionar el Uso Delictivo de los Uniformes de la Policía y FF.AA.
Cuando un grupo de legisladores aprovecha la aprobación de una ley -por ejemplo, para regular el uso de las canchas de fútbol en barrios populares- e introduce un artículo que establece que los ministros de Estado pueden apropiarse de los carros que les entrega el Gobierno, es porque hizo trampa para facilitar un interés corrupto.
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Pues bien, este ejemplo ficticio, que evidentemente resulta absurdo y hasta cómico porque parece sacado de una sátira, retrata a la perfección lo que acaba de hacer la Asamblea Nacional.
El miércoles 10 de junio, es decir, hace poquísimos días, durante la aprobación de una ley para sancionar el uso delictivo de uniformes de la Policía y las Fuerzas Armadas, el oficialismo incorporó una reforma a la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado. ¿Para qué? Pues para nada más y nada menos que autorizar a esa institución a eliminar documentos que contengan información clasificada, reservada o secreta.
Es decir, considerando que la Contraloría es ahora un organismo absolutamente cooptado por el Ejecutivo, la conclusión es muy clara: se ha hecho una trampa para permitir que el Gobierno borre cualquier rastro de un acto de corrupción. Basta con decir que determinado documento es reservado para que la Contraloría lo haga desaparecer.
Lo insólito, e incluso lo ilegal -no se puede incorporar en el segundo debate algo que no ha sido discutido en el primero-, de lo que hizo el oficialismo en la Asamblea es que la ley que se estaba aprobando tenía como objetivo sancionar el uso ilegal de uniformes e insignias institucionales. Sin embargo, se incorporó esta nueva competencia para la Contraloría. ¿Qué tiene que ver lo uno con lo otro?
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Lo que establece la disposición
La disposición establece que la Contraloría podrá ordenar la eliminación, destrucción o el borrado seguro de documentos físicos y digitales clasificados como confidenciales, reservados, secretos o secretísimos, una vez que los procesos, auditorías o exámenes especiales hayan concluido y estén ejecutoriados. La destrucción deberá realizarse en un plazo máximo de 30 días y dejar constancia del procedimiento.
Se trata, pues, de una competencia que, claramente, tiene como propósito borrar aquello que resulte comprometedor para quienes hacen negocios desde el Estado. Entre la documentación que podría llegar a ser destruida, dependiendo de la clasificación que se le otorgue, figuran las declaraciones patrimoniales, las auditorías a altos funcionarios, los exámenes especiales sobre contratación pública y otros expedientes sensibles.

La Comisión de Seguridad tramitó el proyecto de ley sobre el uso delictivo de los uniformes de la Policía y FF.AA.
El alcance del cambio introducido
En la práctica, además, esta disposición impedirá reconstruir hechos años después, realizar investigaciones periodísticas, sustentar investigaciones académicas y, sobre todo, abrir nuevas investigaciones judiciales si aparecen pruebas posteriores. Si los documentos desaparecen, esa posibilidad se reduce significativamente. ¿Y quiénes ganan? Los que cometieron actos que nadie quiere que se conozcan en el futuro.
Se podrían declarar reservados y luego destruir, por ejemplo, los términos de referencia con los que se contrató a Progen o con los que se iba a contratar a HealthBird, y en el futuro nadie podrá revisarlos.
De hecho, el acuerdo con la empresa fantasma HealthBird, que se suponía iba a manejar el sistema de salud ecuatoriano, fue declarado reservado, lo que significa que, con la nueva normativa, podría ser destruido, algo que agradecerán los corruptos que estuvieron detrás de ese negocio.
Lo mismo podría ocurrir con los documentos relacionados con la compra de siete helicópteros, por más de 200 millones de dólares, en Italia para las Fuerzas Armadas, entre los que hay uno VIP con todas las comodidades posibles para la Presidencia de la República.
Ese informe para la compra de los helicópteros perfectamente podría declararse reservado o secreto para que la Contraloría lo haga desaparecer y, cuando exista una Contraloría independiente, ya no esté disponible.
Aunque el texto establece que no podrán destruirse documentos relacionados con procesos judiciales pendientes, investigaciones penales vigentes o responsabilidades no prescritas, lo cierto es que muchas investigaciones nacen precisamente años después de que una auditoría ha sido cerrada.
¿Cómo funcionaba el manejo de los documentos reservados antes de esta reforma?
La Ley Orgánica de la Contraloría no autorizaba la destrucción de información reservada. Claro que reglamentos internos de la Contraloría sí regulaban la valoración, conservación y eventual eliminación de documentos administrativos.
Desde 2016 existe un reglamento que crea un Comité de Valoración, Conservación y Eliminación de Documentos y establece procedimientos archivísticos. Sin embargo, ese reglamento estaba pensado para la gestión documental -duplicados, documentos sin valor archivístico, plazos de conservación, etc.-, no para ordenar la destrucción obligatoria de expedientes clasificados de auditorías en un plazo fijo de 30 días.
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La Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP) establece un principio exactamente opuesto al que ahora se ha aprobado: obliga a las instituciones públicas a crear y mantener archivos y señala que las normas técnicas de archivo no pueden utilizarse para impedir el acceso a la información pública ni, “peor aún”, para justificar su destrucción. Además, dispone que los documentos originales permanezcan bajo custodia institucional hasta su transferencia al archivo correspondiente.
En otras palabras, bienvenidos al mundo donde no habrá rastros de negociados ni de actos de corrupción. Claro, siempre y cuando alguien pida a la Corte Constitucional que declare inconstitucional lo aprobado y esta así lo resuelva.