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Diario Expreso Ecuador

Debate por acceso a la información pública

Contraloría podrá eliminar información reservada en 30 días tras reforma aprobada por la Asamblea

La nueva reforma faculta a la Contraloría a eliminar documentos reservados, secretos y secretísimos. La FCD pidió al Ejecutivo vetar la disposición

La reforma aprobada por la Asamblea faculta a la Contraloría a destruir documentos reservados, secretos o secretísimos.

La reforma aprobada por la Asamblea faculta a la Contraloría a destruir documentos reservados, secretos o secretísimos.Archivo Expreso

Génesis Parrales
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Una disposición incluida en una ley sobre el uso indebido de uniformes autoriza a la Contraloría a eliminar documentos clasificados. La medida provocó alertas de organizaciones que defienden el acceso a la información pública.

Mientras la atención del debate legislativo estaba puesta en las sanciones por el uso ilegal de uniformes policiales y militares, una reforma incorporada al texto final abrió otro frente de discusión: la posibilidad de que la Contraloría General del Estado elimine documentación considerada reservada, secreta o secretísima.

La disposición fue aprobada como parte de la Ley Orgánica Reformatoria para Prevenir y Sancionar el Uso Delictivo de Uniformes, Insignias y Distintivos Institucionales de las fuerzas del orden. La normativa recibió el respaldo de 87 legisladores.

El cambio no forma parte del eje principal de la ley. Sin embargo, modifica la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y establece nuevas reglas para el manejo de información clasificada que reposa en el organismo de control.

Reforma a la Contraloría se incluyó en una ley sobre uniformes

El texto aprobado faculta a la Contraloría para destruir archivos físicos y digitales que contengan información catalogada como confidencial, reservada, secreta o secretísima.

La medida alcanza a documentación relacionada con auditorías, exámenes especiales, expedientes institucionales, procesos internos y otras actuaciones desarrolladas por la entidad.

De acuerdo con la norma, la eliminación deberá realizarse en un plazo máximo de 30 días calendario, mediante una resolución motivada y bajo medidas de seguridad institucional.

Qué información no podrá ser destruida

La reforma también establece excepciones. Quedan fuera de esta facultad los documentos vinculados con procesos judiciales pendientes, investigaciones penales vigentes, responsabilidades civiles o administrativas en trámite e indicios de responsabilidad penal que aún no hayan prescrito.

La Asamblea Nacional aprobó una reforma que permite a la Contraloría eliminar información clasificada en un plazo de 30 días.

La Asamblea Nacional aprobó una reforma que permite a la Contraloría eliminar información clasificada en un plazo de 30 días.Asamblea/ Flickr

Organización ciudadana cuestiona la medida

La aprobación de esta disposición generó reacciones de la Fundación Ciudadanía y Desarrollo (FCD), que advirtió sobre los posibles efectos de la reforma en materia de transparencia y acceso a la información.

En un comunicado, la organización sostuvo que la norma permitiría la destrucción de auditorías, expedientes y otros registros institucionales.

“Esta medida contraviene lo dispuesto en la normativa nacional sobre el derecho ciudadano de acceso a la información pública, control social y desclasificación de información”, manifestó la organización.

La FCD señaló además que la disposición podría entrar en tensión con estándares interamericanos relacionados con la conservación de información pública para garantizar procesos de rendición de cuentas.

FCD pide veto presidencial

Frente a este escenario, la organización solicitó al presidente Daniel Noboa que analice la reforma antes de su entrada en vigencia.

La fundación exhortó al Ejecutivo a vetar la disposición, al considerar que podría afectar derechos vinculados al acceso a la información pública y al control ciudadano sobre la gestión estatal.

Tras su aprobación en la Asamblea Nacional, la ley deberá seguir el procedimiento correspondiente para su sanción o eventual objeción por parte del presidente de la República.

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