Normativa en el registro oficial
Contraloría ya está facultada para eliminar información reservada: ley entró en vigencia
El órgano de control deberá expedir la normativa secundaria para su aplicación. La modificación se incluyó en la Ley sobre uso delictivo de uniformes

La Contraloría está facultada para eliminar información considerada secreta.
La normativa que permite a la Contraloría General del Estado eliminar información clasificada ya está vigente. En el Registro Oficial se publicó la Ley para Prevenir y Sancionar el Uso Delictivo de Uniformes de la Policía y Fuerzas Armadas.
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Daniel Alejandro Romero Páez
Esa ley fue aprobada por la mayoría oficialista en la Asamblea Nacional y posteriormente sancionada por el presidente Daniel Noboa. Aunque su objeto principal es sancionar el uso delictivo de uniformes pertenecientes a las entidades de seguridad del país, la bancada de ADN incorporó una disposición que modifica la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado.
El cambio establece que la entidad de control podrá, “mediante resolución debidamente motivada y observando estrictas medidas de seguridad institucional, la eliminación, destrucción o borrado seguro de documentos físicos y digitales que contengan información confidencial o clasificada como reservada, secreta o secretísima”.
La información susceptible de ser eliminada deberá estar relacionada con procesos, actuaciones, exámenes especiales, auditorías o expedientes institucionales, dentro del plazo de 30 días calendario.
La disposición también precisa que “no podrá disponerse la eliminación o destrucción de información relacionada con procesos judiciales pendientes, investigaciones penales vigentes, responsabilidades civiles, administrativas o indicios de responsabilidad penal no prescritos”.
La misma ley determina que la Contraloría expedirá la normativa secundaria necesaria para regular los procedimientos aplicables a la ejecución de esta nueva facultad.

El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó Ley para Prevenir y Sancionar el Uso Delictivo de Uniformes .
La norma fue publicada en el Suplemento N.º 316 del Registro Oficial y, con ello, pasó a formar parte del ordenamiento jurídico ecuatoriano. A partir de su entrada en vigencia, la Contraloría podrá emitir la regulación secundaria correspondiente para aplicar esta disposición.
Sobre el uso de uniformes e insignias de la Policía y las Fuerzas Armadas
La ley establece una respuesta penal diferenciada para la fabricación, almacenamiento, comercialización y circulación no autorizada de uniformes institucionales cuando se trate de prendas de la Policía Nacional, las Fuerzas Armadas o de entidades reguladas por el Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público.
En ese sentido, la normativa señala que “resulta necesario sustituir el tratamiento exclusivamente contravencional por una regulación penal diferenciada, proporcional y acorde a la gravedad de las conductas actualmente identificadas”.