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Modesto Gerardo Apolo | El Acuerdo MDT-2026-059

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La recomendación es trasladar este debate al ámbito legislativo para dotarlo de legitimidad jurídica y estabilidad normativa

El acuerdo Ministerial MDT-2026-059 del Ministerio del Trabajo, ‘permite’ el trabajo semanal de 40 horas en cinco (5) días con jornadas de hasta 10 horas diarias. El objetivo es facilitar la conciliación familiar y generar trabajo para jóvenes y mujeres. Son buenas intenciones, pero el instrumento abre el debate sobre su legalidad.

La Constitución establece principios como la irrenunciabilidad de derechos y la limitación de la jornada laboral. 

La Constitución no fija un número de horas diarias, pero el Código del Trabajo sí, en su artículo 47, estableciendo una jornada máxima de ocho horas diarias y cuarenta horas semanales.

El problema jurídico surge allí. El acuerdo ministerial modifica el límite de la jornada diaria, extendiéndose hasta 10 horas.

Para la jerarquía normativa, un acuerdo administrativo es de rango inferior a la ley. Por tanto, su función es reglamentar, no modificar.

Si la ley fija, expresamente, una jornada máxima diaria de ocho horas, la posibilidad de extenderla a diez constituye una reforma indirecta al Código del Trabajo, realizada por vía administrativa.

Esto abre 2 tipos de controversias: 1) La constitucional: el acuerdo podría ser impugnado ante la Corte Constitucional alegando violación al principio de jerarquía normativa y afectación a derechos laborales, especialmente, si en la práctica reduce el pago de horas suplementarias después de la octava hora. 2) La judicial: los trabajadores podrían demandar el pago de horas extras, superadas las ocho (8) horas tal como lo establece el Código Laboral.

En la práctica, existe el riesgo de que la ‘flexibilización’ se convierta en una presión indirecta para aceptar jornadas más largas sin recargos salariales, afectando ingresos, salud laboral y seguridad jurídica, tanto para trabajadores como para empleadores.

La discusión de fondo no es solo económica, sino institucional. Si el país busca avanzar hacia esquemas laborales más flexibles, la vía es una reforma legal debatida en la Asamblea Nacional. 

La recomendación es trasladar este debate al ámbito legislativo para dotarlo de legitimidad jurídica y estabilidad normativa.