Cultura

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Esta vivienda en la parroquia Alajuela se mantiene en pie pese a su ocupación constante, el tiempo y otros factorescortesía

Casas antiguas de Portoviejo, en pie pese al uso, el terremoto y los elementos

Algunos de estos bienes inmuebles patrimoniales fueron insopeccionados en marzo por el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural

La Unidad de Control y Riesgos de la Dirección Técnica Zonal 4 del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural (INPC) realizó recientemente una inspección de los bienes inmuebles patrimoniales de las parroquias rurales de Portoviejo, capital de la provincia de Manabí. La tarea realizada en los poblados Río Chico, Alajuela y Calderón, tuvo como objetivo verificar su estado de conservación y hacer un informe encaminado a su conservación.

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Se trata en su mayoría de edificaciones de madera y caña, que mantienen frescura al interior a pesar del clima de la zona tropical. 

En la inspección, cumplida en marzo de 2021, se detectó que dos de los inmuebles patrimoniales de Río Chico ya no existen físicamente y que además se encuentran excluidos de la base de datos del INPC, mientras que en la vecina parroquia Alajuela se encuentra el registro de dos casas en buen estado, una de ellas habitada por uno de los herederos de Argemiro Azúa, quien la habría construido a inicios del siglo pasado, aunque es un dato no confirmado.

Habitado y en mantenimiento

Otro de los bienes inmuebles inspeccionados en Alajuela, es de propiedad de Segundo Elías Sánchez, y está situado en un terreno esquinero, imponente en su fachada, con altura propia de las edificaciones de madera y caña. Esta edificación "es habitada continuamente, permitiendo que los habitantes reemplacen piezas de madera o tabla deteriorada prolongado su vida útil", indicó el INPC, mediante un comunicado.

En la misma información detalló que la parroquia Calderón, los técnicos el Instituto de Patrimonio observaron la destrucción de bienes inmuebles "posterremoto" de abril de 2016, además de propiedades que conservan partes de la madera de pisos y cubierta.

Obligación de conservarlos

A propósito de esta tarea, el INPC recordó que el numeral 13 del artículo 83 de la Constitución de la República establece que: “Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de otros previstos en la Constitución y la ley:  Conservar el patrimonio cultural y natural del país, y cuidar y mantener los bienes públicos".

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De la misma forma, el artículo 44 de Ley Orgánica de Cultura establece que el INPC tiene entre otras atribuciones y deberes: Investigar y supervisar las investigaciones sobre patrimonio cultural, para lo cual podrá coordinar acciones con las universidades e instituciones dedicadas al estudio del patrimonio cultural a nivel nacional e internacional.