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Diario Expreso Ecuador

Caso Progen

Tener trabajo en Celec es un “peligro procesal”: la pirueta de la Fiscalía en el caso Progen

En la audiencia de apelación a la prisión preventiva, la Fiscalía esgrimió como argumento que la estabilidad y el arraigo laboral de los técnicos es un riesgo

El fiscal Carlos Alarcón (centro) lidera la acusación en el caso Progen, un proceso marcado por los cuestionamientos a la prisión preventiva solicitada.

El fiscal Carlos Alarcón (centro) lidera la acusación en el caso Progen, un proceso marcado por los cuestionamientos a la prisión preventiva solicitada.Cortesía

Sara Ortiz
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Lo que debes saber

  • La Fiscalía contradice los estándares constitucionales al calificar la estabilidad de los técnicos en sus puestos en Celec como un "riesgo de obstaculización y fuga".
  • Existe un trato selectivo y discriminatorio dentro del proceso penal. Fiscalía permite que se levante la prisión solo de Celso Peña. 

En el auditorio de la Corte Nacional de Justicia, el debate sobre el uso y abuso de la prisión preventiva en el caso Progen ha alcanzado un nuevo nivel de argumentación. Durante la audiencia de apelación a la prisión preventiva de 14 personas —la mayoría técnicos de la Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec EP) procesados en el denominado caso Progen—, el fiscal general encargado, Carlos Alarcón, expuso una tesis que desafía los estándares más básicos de derechos humanos. Para el funcionario, el hecho de que los técnicos investigados mantengan vínculos laborales en la institución es un argumento a favor de mantenerlos tras las rejas.

Bajo una lógica que criminaliza la cotidianidad laboral, la representación de la Fiscalía argumentó que la permanencia de estos profesionales en sus puestos de trabajo, sitio donde se habrían dado los hechos investigados, "incrementa objetivamente el riesgo de obstaculización de la investigación" porque, supuestamente, podrían "coordinar versiones" o "alterar información".

A esta pirueta argumentativa también se apegó la delegada de la Contraloría General del Estado (CGE), Paula Valverde. Su arggumento es que un pilar fundamental del arraigo, el trabajo lícito y la estabilidad laboral, en un pretexto para justificar la medida más severa, excepcional y de última ratio del derecho penal: la privación de la libertad.

Una contradicción cronológica

El argumento tanto del fiscal como de la delegada de la Contraloría, además, carece de sustento temporal. Los técnicos de Celec han permanecido en sus puestos de trabajo durante los dos años posteriores a la firma de los contratos con la empresa Progen para la instalación y puesta en marcha de las instalaciones termoeléctricas de Salitral y Quevedo.

Es decir, entre 2024, 2025 y los primeros cinco meses de 2026, los técnicos siguieron desempeñando sus cargos con total normalidad. Según los abogados de los técnicos de Celec, durante ese lapso, lejos de obstaculizar el proceso, los propios profesionales colaboraron activamente con la justicia: entregaron de forma voluntaria a la Fiscalía sus teléfonos celulares, correos electrónicos y computadoras institucionales con sus respectivas contraseñas. Sin embargo, tras la formulación de cargos liderada por Alarcón en mayo de 2026, lo que antes era cooperación pasó a ser catalogado, de la noche a la mañana, como un inminente "riesgo de fuga" y de "obstaculización".

El arraigo al revés: la inversión del derecho al trabajo

Históricamente, tanto la jurisprudencia de la Corte Constitucional del Ecuador (plasmada en la Sentencia 8-20-CN/21) como los tratados internacionales de derechos humanos han catalogado al trabajo formal y estable como uno de los principales arraigos. Demostrar que una persona tiene un empleo activo y responsabilidades profesionales cotidianas es, por definición, la prueba de que posee un fuerte vínculo social y geográfico que disminuye sustancialmente el riesgo de fuga.

Sin embargo, para la Fiscalía y la Contraloría, conservar el empleo en el sector público es ahora un factor de riesgo. Esta postura choca frontalmente con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Las defensas de los técnicos argumentaron que la gravedad del delito o la naturaleza del cargo que ostenta un procesado no bastan bajo ningún concepto para justificar la prisión preventiva.

Ante la falta de idoneidad de la medida extrema, las defensas técnicas de los procesados han solicitado que se revoque la prisión preventiva y se dicten medidas alternativas idóneas y proporcionales, tales como la presentación periódica ante la autoridad, la prohibición de salida del país o el uso de grillete electrónico.

Procesados que solicitan medidas alternativas a la prisión preventiva:

  • Gabriela Alexandra Toazo Caiza
  • Luis Paul Flores Armas
  • Nelson Antonio Castro Rodríguez
  • Celso David Sánchez Chacán
  • Romel Patricio Llumiquinga Llumiquinga
  • Marco Antonio Chicaiza Santos
  • Javier Lasluiza Navarrete
  • Gonzalo Efraín Guerrón López
  • Octaviano Antonio Goncalves Savinovich (exministro de Energía)
  • Juan Carlos Cornejo Segovia
  • Julio Eduardo Montesdeoca Escobar
  • Daniel Eduardo Suárez Quilumbango
  • Hólger Santiago Jaramillo Suntaxi
  • Marcos Vinicio Poma Jumbo

El "caso especial" de Celso Peña y la narrativa del exministro Luque

En medio de este escenario, resalta una notable incoherencia en la actuación de la Fiscalía. El fiscal Carlos Alarcón aceptó levantar la prisión preventiva únicamente para el técnico Celso Peña, quien presidió la comisión que viajó a Estados Unidos para verificar los equipos de Progen.

Objetivamente, ninguno de los argumentos esgrimidos por la defensa de Peña este 15 de julio difiere de los expuestos en mayo durante la audiencia de formulación de cargos: que actuó bajo su rol técnico, emitió un informe oportuno y advirtió que los equipos de Progen eran viejos, repintados y con placas presuntamente adulteradas.

¿Qué cambió entonces para que a él sí se le otorgara la libertad? El único elemento nuevo ocurrió durante la ampliación de la versión de Celso Peña. En esa diligencia, el fiscal Alarcón permitió la participación de Aníbal Quinde, abogado del exministro de Energía Roberto Luque. Durante el interrogatorio, Quinde formuló una pregunta que indujo al técnico a pronunciar una frase conveniente: “querían la cabeza del exministro Roberto Luque”.

Hasta la fecha, Peña no ha aclarado si con esa afirmación se refería a un presunto complot político o simplemente al curso natural de una investigación penal donde Luque figuraba en la lista de indagados. Sin embargo, a falta de explicaciones, el exministro Luque y su defensa han instrumentalizado esta frase para posicionar en la opinión pública la narrativa de que existe una persecución en su contra. Pese a que Luque calificó públicamente el hecho como "sumamente grave", hasta el momento no ha presentado ninguna denuncia formal ante la Fiscalía para que se investigue dicha supuesta conspiración.

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