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Diario Expreso Ecuador

Jueces temporales en Ecuador: gremios alertan riesgos para la independencia judicial

Juristas y organizaciones advierten que la designación de jueces temporales sin concurso público podría afectar la independencia judicial y la transparencia

La Función Judicial registra un déficit de 729 jueces, situación que motivó la propuesta de designaciones temporales.

La Función Judicial registra un déficit de 729 jueces, situación que motivó la propuesta de designaciones temporales.Cortesía

MONICA JARA CHERREZ
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Lo que debes saber

  • La propuesta del Consejo de la Judicatura para designar jueces temporales sin concurso público genera cuestionamientos de gremios y expertos.
  • Advierten riesgos para la independencia judicial, la transparencia y la estabilidad de los magistrados, mientras ya se analiza una posible demanda de inconstitucionalidad.

La próxima emisión del reglamento para la selección de jueces temporales mantiene en expectativa a los gremios de abogados y magistrados. El documento deberá ser aprobado por el Consejo de la Judicatura (CJ) como parte de las medidas contempladas en la declaratoria de emergencia judicial.

La iniciativa busca atender el déficit de 729 jueces que existe a escala nacional. Para ello, el organismo plantea un proceso interno de selección de 222 magistrados que serán promovidos mediante ascensos para ocupar distintas instancias judiciales, con énfasis en ocho provincias priorizadas.

Aunque el CJ sostiene que la medida permitirá enfrentar la falta de operadores de justicia, la propuesta despierta cuestionamientos. Las críticas se centran en la posibilidad de que el procedimiento derive en nombramientos discrecionales de los llamados ‘jueces golondrina’, término con el que se identifica a magistrados designados sin concurso público para conocer casos de alta relevancia.

Jueces temporales generan dudas por la eliminación del concurso público

La presidenta de la Judicatura, Mercedes Caicedo, ha defendido la iniciativa y sostiene que responde a una necesidad urgente del sistema. “No es un mecanismo para sustituir los concursos públicos ni para afectar la carrera judicial, sino una medida excepcional, porque al país le faltan jueces y esa falta retrasa audiencias, acumula causas y eso afecta a la ciudadanía”.

Sin embargo, los reparos persisten. El presidente del Colegio de Abogados del Guayas, Jorge Yánez, dice que el principal problema radica en la eliminación del concurso abierto como mecanismo de selección.

“La temporalidad, así como la supresión del concurso, causa inestabilidad en el funcionario y la posibilidad de que sea influenciable, porque en cualquier momento se podría remover esa misma temporalidad. Esto hace que sean susceptibles a presiones; les podrían condicionar que, si no hacen lo que se les dice, regresan a sus puestos”, explica.

Gremios y expertos advierten riesgos para la independencia judicial

Yánez también plantea interrogantes sobre el futuro laboral de los funcionarios que sean promovidos temporalmente. A su criterio, no está claro qué ocurrirá con las plazas que dejarán vacantes mientras ocupen cargos superiores. “¿Van a mantener la partida de ese cargo?”, se pregunta.

A las dudas sobre el procedimiento se suma la desconfianza respecto al momento en que se adoptó la medida. El director de la Fundación Ciudadanía y Desarrollo, Mauricio Alarcón, considera que la premura con la que se emitió la declaratoria puede desviar la atención de otros procesos clave dentro de la Función Judicial. A su juicio, existe la posibilidad de que el proceso de emergencia “sea un elemento distractor de algo que es fundamental, como es el proceso de selección de los jueces de la Corte Nacional”.

Las observaciones también provienen de organizaciones especializadas en justicia. Úrsula Indacochea, abogada peruana de la Fundación para el Debido Proceso (DPL), advierte que prescindir de un concurso público “afecta la legitimidad, la cual se logra con méritos e integridad”.

Organizaciones plantean cambios al reglamento de jueces temporales

Como integrante de la iniciativa que respalda a la Misión de Observación Internacional (MIO), Indacochea recalca que los jueces deben acreditar sus capacidades mediante procesos competitivos y transparentes. En ese sentido, señala que estas autoridades “deben superar los filtros previos de los concursos para garantizar que sus fallos no estarán influenciados ni responderán a presiones”.

Una postura similar mantiene el Observatorio de Derechos y Justicia (ODJ). Su directora, María Dolores Miño, menciona que la experiencia regional en países como Venezuela “ha evidenciado que a veces esa temporalidad se usa como mecanismo de control mediante la inestabilidad del juez en el cargo. Esto porque cuando el magistrado sabe que podría ser removido sin mayor requisito o rigor, puede ser más influenciable a presiones externas. De ahí que los estándares internacionales siempre adviertan que la temporalidad puede ser un factor de erosión de esa independencia”.

Frente a estos riesgos, las organizaciones plantean recomendaciones para fortalecer el procedimiento. La DPL propone que toda selección de autoridades judiciales mantenga criterios técnicos, transparentes y con participación ciudadana. Por su parte, el ODJ considera necesario que cualquier designación temporal tenga límites definidos “hasta que se haga el concurso y se designe a los titulares, de tal forma que no se queden años ahí, que la naturaleza de la temporalidad no sea riesgosa para la independencia judicial”, insiste.

Gremios analizan una demanda de inconstitucionalidad

Mientras se espera la publicación del reglamento, ya se analizan posibles acciones legales. Yánez sostiene que, de concretarse los nombramientos temporales en los términos anunciados, “será una solución parche que vulnera la Constitución. Veremos que poco o nada van a hacer para organizar los concursos para llenar los cargos con titulares”.

Por ese motivo, el dirigente anticipa que los gremios evaluarán la presentación de una demanda de inconstitucionalidad contra el proceso.

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