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Diario Expreso Ecuador

Progen

Exministro Antonio Gonçalves es sobreseído pese a la acusación particular de la Procuraduría

La Procuraduría acusó a Antonio Gonçalves, pero no pidió revisar la abstención de Fiscalía. El juez dictó su sobreseimiento

El pedido de prisión preventiva contra Antonio Gonçalves, solicitado por Fiscalía, debería resolverse el 20 de mayo del 2026.

El pedido de prisión preventiva contra Antonio Gonçalves, solicitado por Fiscalía, debería resolverse el 20 de mayo del 2026.EXPRESO.

Sara Ortiz
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Lo que debes saber

  • La Procuraduría sí acusó a Antonio Gonçalves, pero no pidió la revisión del dictamen abstentivo de Fiscalía.
  • El juez determinó que no correspondía elevar la abstención a consulta y dictó el sobreseimiento del exministro.

Antonio Gonçalves, exministro de Energía y Minas, quedó sobreseído en el caso Progen, que investiga presunto peculado en los contratos con la empresa estadounidense para los proyectos de generación eléctrica en Salitral y Quevedo. 

La decisión se produjo después de que la Fiscalía General del Estado se abstuvo de acusarlo y pese a que la Procuraduría General del Estado había presentado una acusación particular en su contra.

El conjuez de la Corte Nacional de Justicia, Marco Vinicio Albán Zambonino, tomó el caso por ausencia del titular, Rodrigo Sarango. Albán

concluyó que la abstención de Fiscalía no debía elevarse a consulta ante un fiscal superior, porque no se cumplían los requisitos previstos en el Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Así, el conjuez encargado del despacho de Rodrigo Sarango dictó el auto de sobreseimiento a favor de Gonçalves y revocó las medidas cautelares que pesaban en su contra.

Fiscalía se abstuvo de acusar a Gonçalves

El fiscal general del Estado encargado, Carlos Alarcón, en concurso para ser titular, presentó el 28 de septiembre un dictamen abstentivo a favor del exministro. Fiscalía sostuvo que los elementos recogidos durante la instrucción, que eran los mismos que tuvo en la formulación, no permitieron establecer que el exministro hubiera abusado de su cargo, dispuesto recursos públicos o incumplido su deber de precautelar fondos del Estado. Esto a que en la audiencia del 14 de mayo de 2026, Alarcón aseguró que Gonçalves tenía la responsabilidad legal de velar por los recursos públicos debido a que el Ministerio de Energía ejerce la rectoría sobre Celec.

Ahora, con una visión diferente sobre los hechos, Fiscalía señaló que Gonçalves ocupó el cargo de ministro de Energía y Minas entre el 3 de julio y el 9 de octubre de 2024, pero que no existían elementos que demostraran que intervino de forma directa en los contratos de Salitral y Quevedo.

Según el dictamen, tampoco se acreditó que Gonçalves hubiera suscrito documentos relacionados con esos contratos o que hubiera tenido a su cargo el manejo de los fondos desembolsados a favor de Progen Industries LLC.

La Procuraduría sí presentó acusación particular

La Procuraduría General del Estado sí acusó de manera particular a Gonçalves. En la causa compareció la abogada María José Dalgo García, como delegada del procurador general del Estado, Juan Carlos Larrea Valencia. La acusación particular fue formalizada y calificada por la judicatura el 9 de septiembre de 2026.

El juez concluyó que la Procuraduría expuso de forma clara los hechos y los elementos de convicción que sustentaron su acusación contra el exministro. También determinó que su actuación no superó los límites de la buena fe y la lealtad procesal. Por esa razón, la acusación particular de la Procuraduría no fue considerada maliciosa ni temeraria.

¿Por qué no se elevó la abstención a consulta?

Este es uno de los puntos centrales de la resolución. El juez explicó que el artículo 600 del COIP contempla la ratificación de la abstención por parte de un fiscal superior en determinados casos. Uno de ellos corresponde a delitos cuya pena supera los 15 años. El otro opera cuando existe acusador particular y este solicita la revisión del dictamen.

En el caso de Gonçalves, el delito investigado era peculado, con una pena prevista de 10 a 13 años para los hechos analizados. Por tanto, no superaba el límite de 15 años.

Además, aunque existía acusación particular de la Procuraduría, el juez estableció que esta no presentó oposición al dictamen abstentivo ni solicitó su revisión.

La resolución señala también que la abstención fue presentada directamente por el Fiscal General del Estado encargado. Por ello, el juez concluyó que no era procedente elevarla a consulta ante un fiscal superior para que la ratificara o revocara, pues no hay un titular. 

El juez recordó que Fiscalía tiene el ejercicio de la acción penal pública y que, conforme al artículo 609 del COIP, el juicio se sustancia sobre la base de la acusación fiscal.

Con ese argumento, la autoridad judicial sostuvo que la abstención fiscal debía someterse al control jurisdiccional previsto por la ley, pero que el juez no podía sustituir a Fiscalía y mantener una acusación que el titular de la acción penal pública decidió no formular.

Gonçalves queda fuera del proceso en la Corte Nacional

Antonio Gonçalves (der.) fue sucesor de Roberto Luque (centro) en el Ministerio de Energía, entre julio y octubre de 2024.

Antonio Gonçalves (der.) fue sucesor de Roberto Luque (centro) en el Ministerio de Energía, entre julio y octubre de 2024.Cortesía

Con el sobreseimiento de Gonçalves, el juez también perdió competencia para continuar con el proceso contra los demás procesados que llegaron a la Corte Nacional por el fuero que tenía el entonces ministro.

La resolución explica que Gonçalves era la única persona procesada que mantenía fuero de Corte Nacional. Al quedar fuera del proceso por el sobreseimiento, el juez determinó que ya no tenía competencia para resolver la situación jurídica de los otros procesados.

Por ello, dispuso remitir el expediente a la extinta Unidad de Garantías Penales y Especializados en Delitos de Corrupción y Crimen Organizado de Iñaquito, donde deberá efectuarse un nuevo sorteo para determinar al juez competente.

Ese nuevo juez deberá resolver los asuntos pendientes, entre ellos la calificación de las acusaciones particulares presentadas por la Procuraduría y el Ministerio de Ambiente y Energía.

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