Caso Progen
Aval del Ministerio de Energía de Luque fue clave para contrato del proyecto Catamayo a Progen
Pese a que la defensa de Luque sostiene que Energía no ejerció control, un oficio revela que la Coordinación Jurídica aprobó la viabilidad del proyecto

Progen es una empresa estadounidense contratada para proyecto energéticos en Ecuador.
Lo que debes saber
- El caso de la repotenciación de la central Catamayo muestra cómo este necesitó un aval previo del Ministerio de Energía, encabezado por Roberto Luque, para su ejecución.
- La Empresa Eléctrica Regional del Sur solicitó autorización formal, el Ministerio revisó documentos y dio viabilidad al proceso a favor de Progen, aunque sin asumir responsabilidad técnica sobre el contenido.
- La defensa de Luque sostiene que no existió tal control vinculante y que la responsabilidad recaía exclusivamente en las empresas públicas, evidenciando una contradicción entre la norma, su aplicación y la postura actual.
El candado legal que estableció el entonces ministro de Energía, Roberto Luque, para que la Coordinación General Jurídica del Ministerio autorice las contrataciones de generación eléctrica en la emergencia declarada en 2024 no fue un simple trámite administrativo.
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La fallida repotenciación de la Central Termoeléctrica Catamayo, el primer contrato que suscribió Progen en Ecuador, revela la aplicación real y concreta de la disposición emitida por Luque en la circular MEM-MEM-2024-0003-CIR, del 23 de abril de 2024 donde ordenó que “todos los procesos de contratación pública que se lleven a cabo en el marco de la emergencia declarada el sector eléctrico (...) sean previamente comunicado y coordinados con la Coordinación General Jurídica del Ministerio de Electricidad para su análisis y aprobación”
La repotenciación de la central termoeléctrica Catamayo
El proceso se inició en mayo de 2024. Richard Vicente Vaca Carrión, presidente ejecutivo de la Empresa Eléctrica Regional del Sur (EERSSA), remitió dos oficios clave (EERSSA-PREJEC-2024-0486-OF y EERSSA-PREJEC-2024-0565-OF) con fechas 14 y 31 de mayo a José Manuel de Oliveira Allu, coordinador jurídico del Ministerio de Energía.
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A través de estos, Vaca Carrión solicitó la "autorización" y el "análisis y aprobación" para la repotenciación de la Central Termoeléctrica Catamayo y lo hizo “en cumplimiento con lo dispuesto en la circular” firmada por Luque.
Bajo la estricta regla, ninguna empresa eléctrica estatal podía avanzar sin el visto bueno del Ministerio. De Oliveira también invocó la circular de Luque y dejó constancia de que los procesos de emergencia de la Regional del Sur debían contar con su visto bueno. Así lo detalló en el oficio MEM-COGEJ-2024-0199-OF, del 10 de junio de 2024.
“La Empresa Eléctrica Regional del Sur puso en conocimiento de este Ministerio que se encuentra lista para realizar el proceso de contratación de la consultoría estudios para la repotenciación de la Central Termoeléctrica Catamayo (...) y solicitó el análisis y aprobación correspondiente”, escribió De Oliveira.
En ese documento también quedó en evidencia que el cumplimiento de la disposición de Luque incluyó la verificación de los Términos de Referencia (TDR) y los informes de necesidad suscritos por Juan Carlos Godoy Godoy, Gerente de Operación de la EERSSA. El objetivo de la contratación era repotenciar las unidades obsoletas para incorporar entre 14 y 15 MW adicionales al sistema eléctrico nacional por 39,6 millones de dólares.
"Es viable": El veredicto de De Oliveira
Tras examinar los documentos, el Coordinador Jurídico emitió un dictamen. Señaló que la intención de iniciar el proceso de contratación "por encontrarse dentro de los procesos establecidos en el artículo 57.1 de la LOSNCP (Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública) (...) es viable".
Esta validación ministerial fue el requisito indispensable para comenzar la contratación. Pese a esto, De Oliveira Allu dejó por escrito una suerte de salvaguarda legal en el mismo oficio. Al concluir su validación, señaló que su pronunciamiento lo hacía bajo el "principio de confianza mutua" y que el Ministerio "no es responsable de los trámites y gestiones que hayan precedido a la elaboración de la documentación enviada".
La defensa de Luque habla de responsabilidad "exclusiva" de las empresas públicas
Hoy la defensa de Luque defiende la autonomía total de las empresas eléctricas. Y señala que la disposición tuvo como único fin “precautelar el erario público”. “Impedir que la declaratoria de emergencia se utilizara como excusa para contratar bienes o servicios ajenos a la mitigación de la crisis energética, como computadoras, vehículos u otros objetos sin conexión real, directa e inmediata con la superación de la contingencia eléctrica. No instituyó control previo alguno sobre contratos específicos, ni facultó al Ministerio de Energía o a su Coordinación General Jurídica para revisar o autorizar acuerdos particulares”, asegura Erick Leuschner, abogado de Roberto Luque.
De Oliveira: "Mi labor consistió únicamente en verificar el objeto"
Por su parte, el excoordinador Jurídico, José Manuel De Oliveira Allu, sostiene que su participación se limitó al cumplimiento normativo de la circular de Luque. "Consistió únicamente en verificar (...) si el objeto de la futura contratación planteada (...) se enmarcaba dentro de los parámetros de la emergencia declarada".
De Oliveira enfatiza que, en este proyecto de la central de Catamayo, su informe estableció que correspondía a la entidad contratante, por su "autonomía administrativa y de gestión", justificar técnica y legalmente que la contratación cumplía con los requisitos emergentes. Asimismo, el exabogado del Ministerio asegura que no tuvo "intervención alguna en la estructuración del proceso, elaboración de pliegos o términos de referencia", tareas que califica como responsabilidad exclusiva de EERSSA. Según el exfuncionario, esta fue la única consulta de este tipo procesada por su despacho durante su gestión entre abril y diciembre de 2024.
Los puntos claves del proyecto Catamayo
El documento de validación de De Oliveira Allu contiene frases exactas sobre control previo, pero a la vez limitó su responsabilidad posterior:
- 14 y 31 de mayo de 2024: El presidente ejecutivo de la Empresa Eléctrica Regional del Sur envió la documentación técnica y los términos de referencia (TDR) al Ministerio de Electricidad.
- La petición expresa: Vaca Carrión "solicitó el análisis y aprobación correspondiente" para iniciar la contratación de la consultoría y la repotenciación.
- La revisión de fondo: La Coordinación Jurídica analizó los TDR de mayo de 2024 suscritos por el gerente de operación, Juan Carlos Godoy.
- Sobre la obligatoriedad del control: Los procesos fueron remitidos a la Coordinación Jurídica "con el fin de precautelar el erario público".
- Sobre la justificación de la crisis: La aprobación se dio porque el proyecto permitiría "contrarrestar los efectos negativos que ha provocado el estiaje en el país".
- La cláusula de escape: Pese a firmar la viabilidad, De Oliveira advirtió que el Ministerio "se ve imposibilitado de realizar un análisis técnico de viabilidad" y que el pronunciamiento se efectuó con base en el "principio de confianza mutua", por lo que la institución "no es responsable de los trámites y gestiones que hayan precedido" a la documentación.