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Toque de queda en Ecuador: ¿quiénes podrán circular durante la restricción en noviembre?

Este jueves 15 de octubre, el Gobierno central oficializó el toque de queda que regirá durante diez días en cinco provincias de la Costa

Circulación vehicular nocturna en Guayaquil.

Circulación vehicular nocturna en Guayaquil.EXPRESO

Edison Andrés García Yépez

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Lo que debes saber

  • El toque de queda regirá del 1 al 10 de noviembre, entre las 00:00 y las 05:00, en El Oro, Esmeraldas, Guayas, Los Ríos y Manabí.
  • Durante la restricción, se contempla la necesidad de mantener la atención médica, los servicios de emergencia, las actividades de seguridad, el abastecimiento esencial y determinados trabajos institucionales, aunque el decreto no detalla una lista completa de excepciones.
  • Los controles deberán considerar las circunstancias de cada caso y respetar los principios de proporcionalidad y no discriminación.

Este jueves 15 de octubre, el Gobierno central oficializó el toque de queda que regirá del 1 al 10 de noviembre en El Oro, Esmeraldas, Guayas, Los Ríos y Manabí. Durante ese lapso, en esas provincias estará restringida la circulación entre las 00:00 y 05:00.

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La medida fue oficializada mediante el Decreto Ejecutivo 519 firmado por el presidente Daniel Noboa, que establece las condiciones para limitar la movilidad durante la madrugada en estas cinco provincias.

Aunque la disposición establece una prohibición general de circular durante ese horario, existen situaciones en las que movilizarse puede ser necesario.

Entre ellas están las emergencias médicas, los problemas familiares que requieran atención inmediata y los traslados de personas en condiciones de vulnerabilidad, de acuerdo con los criterios técnicos que sustentan la medida.

La atención en hospitales y otros establecimientos de salud constituye uno de los casos en los que la movilidad resulta indispensable. Además deben mantenerse operativos los servicios de emergencia y las actividades vinculadas con la seguridad.

También las labores necesarias para garantizar el abastecimiento de productos esenciales y la continuidad de servicios que no pueden suspenderse durante la madrugada.

Sin embargo, el decreto no presenta una lista detallada de personas autorizadas a circular en todas las circunstancias. Por ello, no conviene asumir que cualquier desplazamiento por motivos laborales, familiares o personales estará permitido: la justificación dependerá de las condiciones del caso y de las disposiciones aplicables durante los controles.

Toque de queda en noviembre: ¿quiénes pueden circular sin restricciones?

En las vías públicas, las autoridades deberán verificar los desplazamientos de acuerdo con las circunstancias de cada persona. Los procedimientos de control deben observar criterios de proporcionalidad y evitar actuaciones discriminatorias, especialmente cuando existan razones de necesidad o una emergencia que explique por qué alguien debe movilizarse durante las horas restringidas.

La disposición también contempla la continuidad de: 

  • Actividades de monitoreo de la Defensoría del Pueblo
  • Trabajo periodístico
  • Labores de funcionarios de organismos internacionales acreditados en Ecuador, siempre que estas no interfieran con las operaciones de seguridad

Durante los diez días de restricción, las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y los agentes de tránsito coordinarán los controles, mientras se adoptan medidas para mantener los servicios básicos y la actividad judicial.

La Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos, por su parte, deberá organizar la movilización de brigadas, vehículos y suministros necesarios para atender posibles emergencias relacionadas con el fenómeno de El Niño.

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