zonas francas
Gobierno establece creación de zonas francas tecnológicas y especifica exoneración de tributos
La iniciativa se instituye en el Decreto 387 que reforma el Reglamento General a la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo

El Gobierno estableció zonas francas tecnológicas.
A través del Decreto ejecutivo 387, emitido el pasado 18 de mayo, el Gobierno del presidente Daniel Noboa estableció beneficios tributarios significativos para las empresas enfocadas en tecnología y servicios digitales avanzados, que se instalen y operen dentro de las zonas francas, dando paso así a la creación formal de zonas francas tecnológicas.
Desde hace décadas ya existían zonas francas generales, pero el decreto crea y regula explícitamente zonas francas industriales de servicio tecnológico.
De acuerdo con el nuevo Decreto, el Gobierno plantea usar estas zonas francas para atraer inversión extranjera y exportar servicios digitales desde Ecuador hacia otros países, para incentivar la creación de un hub tecnológico.
Para ello, el Decreto reforma el reglamento de la Ley Orgánica de Eficiencia Económica, permitiendo que las Zonas Francas no sean solo industriales o logísticas, sino específicamente tecnológicas.
Los sectores priorizados incluyen inteligencia Artificial (IA) y Fintech; ciberseguridad y desarrollo de software; y biotecnología y videojuegos.
Asimismo, el Decreto establece beneficios fiscales significativos para quienes operen en estas zonas, como una exoneración total (0%) durante los primeros cinco años, seguida de una tarifa fija preferencial del 15% en adelante del Impuesto a la Renta (IR).
Además, el Gobierno ofrece exoneración total del Impuesto al Valor Agregado (IVA), del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) y de aranceles para las importaciones relacionadas con la operación tecnológica en estas zonas.
Regulación del teletrabajo
El Decreto también permite modalidades híbridas y teletrabajo parcial dentro del régimen de zonas francas, algo que no estaba claramente desarrollado en el esquema anterior. Es así que, en esta nueva reforma se permite el teletrabajo dentro de las zonas francas, reconociendo la naturaleza digital de estas industrias.
Pues señala que se establece un mínimo del 51% de presencialidad, permitiendo que el resto de la jornada sea remota, lo cual facilita la contratación de talento global y local sin las restricciones físicas tradicionales.
Además, se flexibiliza la necesidad de infraestructura física tradicional. Esto facilita que empresas digitales puedan operar sin grandes plantas industriales o instalaciones presenciales.
El decreto también autoriza la entrada y salida de laptops, servidores y equipos tecnológicos sin ciertos tributos aduaneros, siempre que sean usados dentro de la zona franca tecnológica.