sector minero
Gobierno de Ecuador abre la posibilidad de hacer cambios a contratos mineros ya firmados
El Ministerio de Energía estableció nuevos lineamientos para la creación, negociación y ejecución de los contratos de explotación minera en Ecuador

Acuerdo ministerial permite cambios en contratos mineros vigentes.
El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Ambiente y Energía, emitió el pasado 20 de mayo el un Acuerdo Ministerial que establece el marco normativo y los lineamientos obligatorios para la creación, negociación y ejecución de los contratos de explotación minera en Ecuador.
El documento ratifica que los recursos naturales no renovables son propiedad inalienable del Estado, quien delega su aprovechamiento de forma excepcional y temporal a concesionarios privados.
Se detallan parámetros técnicos, jurídicos y económicos esenciales, tales como la delimitación precisa del área, la obligatoriedad de estudios de factibilidad y la gestión de planes de cierre. Asimismo, la normativa impone rigurosos criterios de transparencia, responsabilidad ambiental y sostenibilidad para garantizar que el Estado reciba una participación justa en los beneficios.
No obstante, el artículo 8 de este nuevo instructivo ha generado críticas de expertos como el especialista económico, Alberto Acosta, quien ha señalado que el documento introduce cambios retroactivos. “Otra perla del Ministerio de Energía: cambios automáticos y retroactivos a contratos mineros ya vigentes”, escribió en sus redes sociales.
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¿Qué dice el artículo 8 del documento?
El artículo 8 del instructivo se refiere al "Marco normativo aplicable". En esencia, este artículo establece que las reglas del juego para un contrato minero no son estáticas, sino que evolucionan con el tiempo.
El contrato no se rige únicamente por las leyes que existían el día en que se firmó. Por el contrario, se rige por la normativa vigente en el momento en que se ejecutan las actividades. Esto significa que tanto la celebración como la ejecución, interpretación y terminación del contrato deben ajustarse a las leyes actuales en cada etapa.
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Es decir, si durante la vida del contrato se aprueba una reforma, se deroga una ley o se expide una nueva norma, esta será aplicable automáticamente según lo que determine el ordenamiento jurídico, abriendo la posibilidad de hacer cambios a los contratos ya firmados.
Un aspecto fundamental es que estos cambios legales se aplican sin necesidad de modificar expresamente el contrato. Es decir, no hace falta firmar un nuevo documento cada vez que cambie una ley relevante para que el concesionario y el Estado estén obligados a cumplirla.
Acosta indica que esta nueva regla solo conllevará a que haya menos inversión en el sector minero, “menos producción e indemnizaciones millonarias”, según indicó.